Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 19/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL

Martes 19 de Diciembre de 2023

LEYES

LEY Nº 10.687

LEY Nº 10.680

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Transfiérase, en carácter de donación con cargo, a favor de la Fundación Somos Uno, con Personería Jurídica Resolución M.S.J. y D.H. Nº 031 de fecha 13-05-2021, un 1 inmueble ubicado en el departamento Capital de la provincia de La Rioja, el cual responde a las siguientes características:
Propietario: Estado Provincial. Ubicación: Departamento Capital. Nomenclatura Catastral: Dpto. 1 Circ. I Secc. E Manzana 1240
Parc. 1. Antecedentes Catastral: Plano de Disposición 018145 de fecha 25/11/2009. Medidas y Linderos: al Norte: mide 57,50 m - Colinda con calle Proyectada; al Sur: mide 57,50 m - Colinda con calle Juan Carlos Carballo; al Este: mide 100,00 m. - Colinda con calle Ramón Gachón; al Oeste: mide 100,00 m - Colinda con calle Ricardo Quiroga.
Antecedentes de Dominio: Matrícula Folio Real C- 15699 Año 1993 inscripción Tº 85 Fº 55. Superficie a Expropiar: 5.750,00 m2.

Artículo 2º.- El inmueble objeto de la donación será destinado a la construcción de un Templo y una Escuela de Oficios. El cargo de la donación deberá ser cumplido en el plazo de tres 3 años, a partir de la aceptación por parte del donatario.
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo dará origen a la retrocesión inmediata del inmueble al Estado Provincial.
Artículo 3º.- Las medidas, linderos y superficie definitivos, surgirán del Plano de Mensura a tal efecto confeccionarán, aprobarán y registrarán los Organismos Competentes.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 138º Período Legislativo, a dos días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. Proyecto presentado por la diputada Teresita Leonor Madera.
María Florencia López - Presidenta - Cámara de Diputados Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo
Artículo 1º.- Transfiérase, en carácter de donación, a favor de la Asociación Deportiva y Social de Profesionales Universitarios -ADeSPU-, Personería Jurídica Resolución M.G.J.S. y D.H. Nº 362 de fecha 16/11/09, un 1 inmueble ubicado en el departamento Capital, el cual responde a las siguientes características:
Propietario: Estado Provincial. Ubicación: Barrio Los Boulevares, departamento Capital. Nomenclatura Catastral: Dpto. 1
Circ. I Secc. E Manzana 958 Parc. 2. Antecedentes Catastral: Plano de disposición Nº 16.547 de fecha 27/03/2006. Antecedente de Dominio:
Matrícula Folio Real C-15699. Inscripto en Tº 94 Fº 251/2. Medidas y Linderos: al Norte: mide 203,80 m - Colinda con calle pública; al Sur:
mide 56,78 + 158,53 m - Colinda con calle pública; al Este: mide 186,52
m - Colinda con calle pública; al Oeste: mide 174,95 m Colinda con calle pública. Superficie a Expropiar: 39.355,87 m2.

Artículo 2º.- El inmueble será destinado a la construcción de un 1 Complejo Deportivo.
Artículo 3º.- El cargo de la donación deberá ser cumplido en el plazo de tres 3 años, a partir de la aceptación por parte del donatario. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo dará origen a la retrocesión inmediata del inmueble al Estado Provincial.
Artículo 4º.- Las medidas, linderos y superficie definitivos del inmueble surgirán del plano de mensura, que a tal efecto confeccionarán, aprobarán y registrarán los Organismos Competentes.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 138º Período Legislativo, a dos días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. Proyecto presentado por los diputados Juan Carlos Santander y Mario Gustavo Galván.
María Florencia López - Presidenta - Cámara de Diputados Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo
DECRETO Nº 2.181
DECRETO Nº 2.175
La Rioja, 24 de noviembre de 2023
La Rioja, 24 de noviembre de 2023
Visto: El Expediente Código Al N 00310-9-23, mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la Ley N 10.680, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º Inciso 1 de la Constitución Provincial,
Visto: El Expediente Código Al N 00315-4-23, mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la Ley N 10.687, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º Inciso 1 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.680, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 02 de noviembre de 2023.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.687, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 02 de noviembre de 2023.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Quintela, R.C., Gobernador - Molina, A.E., S.G.G.

Quintela, R.C., Gobernador - Molina, A.E., S.G.G.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 19/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha19/12/2023

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones2468

Primera edición02/01/1998

Ultima edición21/05/2024

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