Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 5/2/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
RESOLUCIONES

RESOLUCION GENERAL Nº 23
La Rioja, 12 de diciembre de 2018
Visto: El Código Tributario -Ley Nº 6.402 y modificatorias-, las Resoluciones Generales Nºs. 07/2018 y 08/2018
de la Comisión Arbitral, los diversos gravámenes que recauda la Dirección General de Ingresos Provinciales, y;
Considerando:
Que conforme el Artículo 55º del citado Código Tributario, faculta a esta Dirección a determinar las formas, plazos y condiciones para el ingreso de los tributos en cada Ejercicio Fiscal;
Que se hace necesario fijar el calendario de vencimientos de los diversos tributos correspondientes al período fiscal 2019;
Que por Resolución General Nº 07/2018 de la Comisión Arbitral, se establecieron las fechas de vencimiento para el Período Fiscal 2019 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen del Convenio Multilateral;
Que por Resolución General Nº 08/2018 de la Comisión Arbitral, se estableció el calendario de vencimientos Período Fiscal 2019, para la presentación de declaraciones juradas y pago por parte de los agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluidos en el SIRCAR;
Que esta Dirección se ajusta a lo dispuesto en las mencionadas Resoluciones.
Que corresponde dictar el acto administrativo respectivo;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS PROVINCIALES
RESUELVE:
Artículo1º.- Fíjanse los vencimientos de los diversos tributos que recauda la Dirección General de Ingresos Provinciales, por el período fiscal 2019 según se detallan en Anexos I, II,III y IV
de la presente, formando parte de la misma.
Artículo 2º- Si las fechas establecidas en la presente disposición coincidieran con días inhábiles, el vencimiento se producirá el primer día hábil siguiente.
Artículo 3º- El vencimiento de la primera cuota de los Planes de Facilidad de Pago previstos en el Artículo 59º del Código Tributario Ley N 6.402 y modificatorias operará al momento de consolidación de la deuda. Para el resto de las cuotas tendrán los siguientes vencimientos:
a Planes Conformados con anterioridad al 31 de Diciembre de 2015: el día veinticinco 25 de cada mes.
b Planes Conformados a partir del 01 de Enero de 2016: el día dieciséis 16 de cada mes.
Artículo 4º- Los vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen Convenio Multilateral y del Régimen de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de agentes incluidos en el Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación SIRCAR, corresponden a los fijados por las Resoluciones Generales de la Comisión Arbitral Nºs. 07/2018 y 08/2018 respectivamente. Los mismos se exponen en los Anexos que forman parte de la presente a modo informativo.
Artículo 5º- Para aquellos contribuyentes ya adheridos al 31/12/2018, inclusive, a la modalidad de pago mediante Cesión de Haberes para abonar los impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Acoplados, la renovación se hará en forma automática hasta el vencimiento general establecido en el Anexo respectivo que forma parte de la presente.
Para los impuestos detallados en el párrafo anterior, establécese un vencimiento especial en el Anexo respectivo, en el caso de aquellos contribuyentes que realicen nuevas adhesiones, accediendo al beneficio por pago contado establecido en la Ley Impositiva, pero en una cantidad de cuotas o pagos proporcional a los meses restantes del año, siempre en un máximo de hasta 8 cuotas o pagos.

Martes 05 de Febrero de 2019

Si la adhesión es posterior a la fecha establecida anteriormente la cantidad de pagos disminuirá proporcionalmente, no pudiendo acceder al beneficio del descuento.
Artículo 6º- Tomen conocimiento Sub-Directores, Supervisores, Jefes de Departamento, Jefes de División, de Sección, Delegaciones y Receptorías de la repartición.
Artículo 7º- Comuníquese, regístrese, solicítese publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Aguilar, L.F., Director Gral. DGIP

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 5/2/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha05/02/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones2453

Primera edición02/01/1998

Ultima edición22/03/2024

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