Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 23/11/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 10.113

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Exclúyase del Artículo 1 de la Ley N 8.270, que declara la utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble que a continuación se detalla:
Propietario: Millicay, José Federico. Ubicación:
Distrito Sañogasta, departamento Chilecito, barrio La Ciénaga, denominado San Francisco. Nomenclatura Catastral: Departamento 07, Circunscripción 1, Sección D, Manzana 26, Parcela 23. Matrícula Catastral: 07104026-023. Superficie: 300.000 m2. Datos de Dominio:
Folio Real X-2064.
Artículo 2.- Inclúyase en el Artículo 1 de la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, mediante los términos contenidos de la Ley N
8.270, el inmueble que se detalla a continuación:
Propietario: Riveros Cruz, Daniel Luciano.
Ubicación: Sobre acera Noroeste de calle pública, distrito de Nonogasta, departamento Chilecito. Nomenclatura Catastral: Departamento 07, Circunscripción X, Sección D, Manzana 26, Parcela 23. Matrícula Catastral: 07104026-023. Superficie: 300.000 m2. Datos de Dominio:
Folio Real X-2004. Plano: Aprobado mediante Disposición N 2187/1979.
Artículo 3.- Facúltase a la Escribanía General de Gobierno a realizar los actos notariales pertinentes a efectos de su inscripción en el Registro General de la Propiedad Inmueble.
Artículo 4.- Los gastos que demande la ejecución de la presente ley serán tomados de Rentas Generales de la Provincia.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 133 Período Legislativo, a cuatro días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
Proyecto presentado por el diputado Eduardo Raúl Andalor.
Jaime Roberto Klor - Vicepresidente 2 Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Juan Manuel Artico Secretario Legislativo
DECRETO Nº 1.181
La Rioja, 26 de octubre de 2018
Visto: el Expediente Código Al N 04209-8/18, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N 10.113; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inc. 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Viernes 23 de Noviembre de 2018

Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.113
sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 04 de octubre de 2018.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Casas, S.G., Gobernador - Mercado Luna, G., S.G.G.

RESOLUCIONES
Ministerio de Infraestructura RESOLUCION N 677
La Rioja, 16 de noviembre de 2018
Visto: contrato de concesión de energía eléctrica, especialmente los sub anexos I y II; Ley 6.036, Ley 4.044 y Decreto Nacional N 1.172/03.
Considerando:
Que corresponde a este Ministerio la determinación de las políticas de planificación, ejecución y control del servicio público de la energía eléctrica, además debe determinar sobre las políticas para implementar el Cuadro Tarifario del servicio público de energía, de acuerdo con lo previsto por el Decreto F.E.P. N 177/01.
Que conforme a los Artículos 28 del contrato de concesión y 45 primer párrafo de la Ley 6.036, reglamentaria de las actividades de la industria eléctrica destinada a la generación, la transformación, el transporte y la distribución de electricidad en jurisdicción provincial, el régimen y cuadro tarifario vigentes fueron establecidos por un periodo de cinco años a partir de la entrada en vigencia o toma de posesión de EDELAR S.A. por parte de los compradores de sus acciones clase A y B.
Que de acuerdo al Artículo 32 del Contrato de Concesión, dicho régimen y cuadro tarifario será revisado por primera vez a los cinco años de inicio de la concesión y a partir de esa fecha en idéntico periodo.
Que, de acuerdo a la actual situación económica por la que se atraviesa a nivel nacional, la cual afecta inevitablemente a la Provincia de La Rioja, uno de los puntos centrales son los aumentos de las tarifas de los servicios, tal es el caso que nos ocupa, la tarifa por servicio de energía eléctrica.
Que, como es de público conocimiento el aumento tarifario a nivel nacional principalmente en los costos de generación y transporte influyó que en la Provincia de La Rioja, la empresa distribuidora se viera ante la situación de aumento de los ítems que determinan el valor del servicio, como es la generación y transporte, incrementar a su vez el costo en el cuadro tarifario, afectando las economías familiares, comerciales, industriales, provocando una situación de intranquilidad social.
Que además otra de las políticas implementadas por el Gobierno Nacional son las quitas de subsidios para afrontar parte de los costos del servicio, lo que en la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 23/11/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha23/11/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2468

Primera edición02/01/1998

Ultima edición21/05/2024

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