Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/10/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 10.102

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Objeto: La presente ley tiene por objeto establecer el marco general del ejercicio de las/os Licenciadas/os en Obstetricia y Obstétricas/os en la provincia de La Rioja, basada en los principios de integridad, ética, bioética, idoneidad, equidad, colaboración y solidaridad, aplicados a la asistencia, acompañamiento y cuidado de las personas beneficiarias del servicio de salud que atraviesen cualquier evento obstétrico.
Artículo 2.- Autoridad de Aplicación: El Ministerio de Salud Pública es la Autoridad de Aplicación de la presente ley.
Artículo 3.- Del Ejercicio de la profesión: Las/os Licenciadas/os en Obstetricia y Obstétricas/os, para ejercer su profesión deberán cumplir los requisitos que se detallan a continuación:
a Poseer Título otorgado por Universidad Nacional, Provincial o Privada, habilitado por el Estado Nacional.
b Poseer Título otorgado por Universidad Extranjera y que haya sido revalidado en una Universidad Nacional.
c No estar inhabilitados para el ejercicio profesional, por autoridad competente nacional, provincial o municipal.
Artículo 4.- Alcances: El Ejercicio Profesional tiene los siguientes alcances:
1.- Brindar asesoramiento, consejería y consulta a la mujer durante los períodos preconcepcional, concepcional y posconcepcional, el pre y posaborto, contemplados en la legislación vigente, y la perimenopausia; tendiendo al mejoramiento de la calidad de vida de la mujer en todas las etapas del ciclo vital de su salud sexual y reproductiva.
2.- Ofrecer consejerías integrales en salud sexual y procreación responsable a fin de evitar la incidencia de embarazos no planificados y prevenir abortos.
3.- Brindar consulta para prevenir la violencia basada en género, la violencia obstétrica y garantizar los derechos de la salud reproductiva.
4.- Indicar e interpretar análisis de laboratorio, diagnóstico por imágenes y todo estudio para el cuidado de la salud sexual y reproductiva de la mujer durante los períodos preconcepcional, concepcional y posconcepcional, el pre y posaborto y la perimenopausia.
5.- Diagnosticar y evaluar los factores de riesgo obstétricos y referir según niveles de atención.
6.- Detectar precozmente el embarazo y controlar el mismo bajo su responsabilidad.
7.- Controlar y conducir el trabajo de parto de bajo riesgo.
8.- Inducir el trabajo de parto según indicación médica.
9.- Asistir el parto y el alumbramiento de bajo riesgo.
10.- Brindar atención durante el puerperio inmediato y mediato de bajo riesgo.
11.- Realizar las prácticas necesarias para la Detección de la Infección por Estreptococo B hemolítico.
12.- Realizar, interpretar e informar monitoreo fetal e interpretar los estudios complementarios de ayuda diagnóstica
Viernes 12 de Octubre de 2018

para evaluar salud fetal, oportunamente informados por el especialista de referencia.
13.- Integrar el equipo de salud interdisciplinario en la atención de pacientes de alto riesgo que son referidas a niveles de complejidad.
14.- Ejecutar medidas de emergencia en caso necesario, hasta que concurra el especialista.
15.- Prescribir vacunas del Calendario Nacional y fármacos según vademécum obstétrico, Anexo I, de acuerdo a las tareas de promoción y prevención de la salud.
16.- Fomentar el vínculo madre e hijo y la lactancia materna.
17.- Coordinar y dictar los cursos de Preparación Integral para la Maternidad, según Anexo II.
18.- Realizar acciones de prevención, promoción y consejería en salud sexual y reproductiva, según la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable N
25.673.
19.- Brindar asesoramiento, consejería e indicar métodos anticonceptivos.
20.- Colocar Dispositivo Intrauterino DIU e implante subdérmico, las/os que acrediten competencia en esta práctica ante el organismo de aplicación.
21.- Brindar consulta que permita detectar precozmente el cáncer cérvico-uterino y mamario y la derivación oportuna al especialista.
22.- Realizar la extracción de material necesario para exámenes rutinarios y por disposición de programas sanitarios, del tipo Papanicolau, cepillado endocervical y exudados vaginales, para la detección precoz de cáncer cérvico-uterino y pesquisa de enfermedades de transmisión sexual; durante los períodos preconcepcional, concepcional y posconcepcional, el pre y posaborto y la perimenopausia.
23.- Brindar consulta y tratamiento de las afecciones del tracto genital inferior de menor complejidad, previniendo el parto pretérmino; la ruptura prematura de membranas ovulares o la corioamnionitis.
24.- Brindar consejería y atención a niños, niñas y adolescentes, tanto en los ámbitos de salud como de educación.
25.- Extender certificados prenatales, de atención, de descanso pre y posnatal y de nacimiento y otros preventivopromocionales; confeccionar, evolucionar y suscribir la historia clínica; expedir las órdenes de internación y alta para la asistencia del parto de bajo y mediano riesgo en todos los ámbitos.
26.- Participar en el campo de la Medicina Legal, efectuando peritajes dentro de su competencia previa capacitación en instituciones habilitadas por la Suprema Corte de Justicia.
27.- Detectar en la madre o en el niño los signos indicadores de anomalías que precisen la intervención de un médico; referir y derivar según los niveles de atención, tomando las medidas de emergencia en ausencia del médico.
28.- Referir casos de problemas de salud no obstétricos a los profesionales competentes.
29.- Planificar, programar, organizar y ejecutar actividades docentes.
30.- Diseñar, elaborar, ejecutar y evaluar proyectos de investigación.
Artículo 5.- Obligaciones: Son obligaciones de las/os Licenciadas/os en Obstetricia y Obstétricas/os:
1.- Ejercer su labor dentro de los límites de incumbencia de su profesión, debiendo tomar los recaudos a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/10/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha12/10/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2468

Primera edición02/01/1998

Ultima edición21/05/2024

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