Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/8/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 24 de Agosto de 2018

BOLETIN OFICIAL

Por ello y de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 9
de la Ley Nacional N 22.021, y lo previsto por el Decreto N
280/14 y Resolución M.P. e I. N 071/16, EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
PROMOCION DE
INVERSIONES
RESUELVE:
Artículo 1.- Considerar cumplidos con los volúmenes de producción efectivamente alcanzados en las campañas 2012 al 2016, los compromisos de producción impuestos a la empresa Industrias Químicas y Mineras Timbó S.A., beneficiaria de la Ley Nacional N 22.021 mediante Resolución M.I.C. y E. N 1153/04.
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.

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Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS
PROVINCIALES
RESUELVE:

Artículo 1.- Dispónese que, a los fines de la exención del Impuesto Inmobiliario, prevista en el inc. j-, del Artículo 102 de la Ley N 6.402, Código Tributario, el monto máximo de la suma de los ingresos del titular y su cónyuge, no deberá superar la suma de Pesos Diecisiete Mil Doscientos Setenta y Cuatro con 20 Centavos $ 17.274,20, a partir del mes de septiembre 2018.
Artículo 2.- Tomen conocimiento Subdirectores, Supervisores, Jefes de Departamento, Jefes de División, de Sección, Delegaciones y Receptorías de la repartición.
Artículo 3.- Comuníquese, regístrese, solicítese publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Bustillo, L., S.I.C. y P.I.
Aguilar, L.F., D.G. DGIP
Dirección General de Ingresos Provinciales La Rioja
RESOLUCION Nº 018
La Rioja, 15 de agosto de 2018
Visto: el Artículo 70, de la Ley Impositiva N 7.954,
LICITACIONES
Gobierno de La Rioja Ministerio de Turismo de La Nación Secretaria de Turismo Licitación Pública N 01/18

y:
Considerando:
Que mediante tal disposición se sustituye el inciso j, del Art. 102, del Código Tributario, Ley N 6.402.
Que la Norma establece que: "El inmueble destinado a vivienda que constituya única propiedad de beneficiarios jubilados o pensionados -titular o cónyuge-, considerando bienes gananciales y propios de ambos", puede gozar del beneficio de exención del Impuesto Inmobiliario.
Que, a tal efecto, la suma de los ingresos del titular y su cónyuge no podrá superar el equivalente a dos veces el haber jubilatorio mínimo que el Estado Nacional o Provincial fije para el sector.
Que el Gobierno Nacional recompone o ajusta periódicamente los valores correspondientes a la jubilación mínima.
Que en la actualidad se utiliza una fórmula que contempla el 70% de la variación trimestral registrada por el Indice de Precios del INDEC inflación y el 30% de la evolución que en igual periodo registre otro índice llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables RIPTE.
Que la Ley actual establece cuatro actualizaciones trimestrales correspondiendo a los haberes de marzo, junio, septiembre y diciembre de 2018, respectivamente.
Que el importe del haber jubilatorio mínimo es a partir de septiembre de 2018, de Pesos Ocho Mil Seiscientos Treinta y Siete con 10 centavos $ 8.637,10, de conformidad a la Ley Nacional de Movilidad Jubilatoria N 26.417 y sus modificatorias.
Que corresponde precisar los nuevos montos mediante los cuales los jubilados o pensionados podrán alcanzar la exención del Impuesto Inmobiliario.
Que debe dictarse el acto administrativo pertinente.

Proyecto: Plan Nacional de Infraestructura Turística.
Objeto: Construcción Centro de Información Turística Chilecito.
Presupuesto Oficial: $ 1.224.000,00 Pesos Un Millón Doscientos Veinticuatro Mil.
Ubicación: Acceso Sur ciudad de Chilecito, Circunscripción I, Sección B.
Plazo de Ejecución: 120 días.
Valor del Pliego: Gratuito.
Fecha de Apertura: 03 de setiembre de 2018 - Horas 11:00.
Recepción de Oferta: hasta el 03 de setiembre de 2018 - Horas 10:30 - Secretaría de Turismo.
Lugar de Apertura: Secretaría de Turismo - Ortiz de Ocampo y Félix de la Colina.
Retiro de Pliegos e Informes: Secretaría de Turismo Avda. Ortiz de Ocampo y Félix de la Colina.
Carlos Alberto Sánchez Director General de Despacho y Administración Secretaría de Turismo Nº 21.757 - $ 3.168,00 - 21 y 24/08/2018
Ministerio de Salud Pública Dirección Gral. de Administración Ley 9.341 /14 y su Reglamentación Licitación Publica N 23/2018
Expte. E1-03084-3-2018
Objeto: S/La Compra de Insumos Médicos Descartables destinados al Abastecimiento de Droguería Central a fin de atender los diversos requerimientos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/8/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha24/08/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2453

Primera edición02/01/1998

Ultima edición22/03/2024

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