Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/6/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES

Viernes 29 de Junio de 2018

DECRETO Nº 510

LEY Nº 10.081

La Rioja, 08 de junio de 2018
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, en el marco de la Ley N 4.611, un 1 inmueble ubicado en el departamento Vinchina, que responde a las siguientes características:
Propietario: A determinar. Ubicación: Departamento Vinchina. Nomenclatura Catastral: No posee - Inmuebles sin Plano de Mensura. Titular de la Escritura: Sin posesión efectiva del Registral.
Coordenadas Gauss Krugger Vert.
1 2
3 4
5 6
7

X
3227253.3866
3259122.4426
3239126.4426
3223439.2589
3219386.0422
3191015.7483
3209168.9998

Y
6848258.0010
6916427.3038
6928527.0116
6926949.2710
6924670.5435
6880169.3879
6868238.2017

Coordenadas Gauss Krugger Vert.
1 2
3 4
5 6
7

X
68474.08900
682643.29240
683843.94760
684817.42400
685047.18760
690843.81700
685749.97520

Y
282812.5876S
275142.7572S
274456.6160S
274536.5292S
274647.4420S
281028.4953S
281710.3812S

Superficie: 284.392 ha 0.328,47 m2. Dominio: Sin datos.
Artículo 2.- Las medidas, linderos y superficie definitivas del inmueble, surgirán del Plano de mensura, que a tal efecto confeccionarán, aprobarán y registrarán los Organismos Oficiales.
Artículo 3.- Los gastos que demande la aplicación de la presente ley, serán tomados de Rentas Generales, facultándose al efecto a la Función Ejecutiva para efectuar las modificaciones presupuestarias e imputaciones correspondientes.
Artículo 4.- La superficie expropiada será destinada a la protección del patrimonio natural de la Provincia, que garantice la implementación de medidas específicas de conservación y la preservación de la biodiversidad y ecosistemas naturales y su uso sustentable.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 133 Período Legislativo, a diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. Proyecto presentado por el Bloque de Diputados Justicialistas.
Néstor Gabriel Bosetti - Presidente Cámara de Diputados Rita del Carmen Sessa - Prosecretaria Legislativa a/c de la Secretaría Legislativa
Visto: el Expediente Código Al N 02755-4/18, mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la ley sancionada N 10.081; y Considerando:
Que por la norma referenciada en los vistos del presente acto administrativo, se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia un 1 inmueble ubicado en el departamento Vinchina, el que será destinado a la protección del patrimonio natural de la Provincia.
Que se solicitó la intervención de competencia del Ministerio de Hacienda, de la Secretaría de Tierras y Hábitat Social, de la Dirección General de Catastro y del Registro de la Propiedad Inmueble; cabe precisar que el organismo de Hacienda observa lo estatuido por el Artículo 75 de la Constitución Provincial, en cuanto establece que ninguna ley que ordene o autorice gastos y carezca de recursos especiales propios podrá ser cumplida mientras la erogación no esté incluida en el presupuesto.
Que por su parte, la Secretaría de Tierras y Hábitat Social informa que el inmueble a expropiar, identificado mediante coordenadas Gauss Krugger, es zona catastrada, posee nomenclatura y superposición con planos rural y se encuentra en zona de frontera, por lo que se expide por el veto total de la norma sancionada. Adjunta informe de la Técnica Topógrafa y gráficos.
Que el Registro de la Propiedad Inmueble en su intervención de competencia adhiere en su totalidad a las formulaciones esgrimidas por la Secretaría de Tierras y Hábitat Social.
Que finalmente Catastro no dio respuesta al informe requerido oportunamente.
Que en miras al control de legalidad que compete al máximo Organo Asesor de Gobierno en el procedimiento de formación de las Leyes que eleva la Función Legislativa, y teniendo presente las consideraciones formuladas por la Secretaría de Tierras y Hábitat Social y el Registro de la Propiedad Inmueble, se considera que no procede la promulgación de la Ley N 10.081.
Que en efecto, del análisis del texto legal recientemente sancionado, se desprende que la expropiación objeto de ley abarca una gran extensión de superficie 284.392 Has 0.328,47 m2 localizada en la cordillera del departamento Vinchina de esta Provincia.
Que en oportunidad de emitir informe los organismos técnicos de la Secretaría de Tierras y Hábitat Social se determina que el polígono a expropiar toca el límite interprovincial con la provincia de Catamarca, también la ladera del Cerro Pissis, encontrándose en zona de frontera. Asimismo dentro del polígono se encuentran hechos naturales como Corona del Inca, Laguna Brava, El Refugio, Las Tamberías, Volcán El Veladero entre otros, en consecuencia se detectan superposiciones con las siguientes zonas: Campo Las Tamberías;
Reservas de Vicuñas; Campo El Jagé y propiedad del Sr. Butel Leoncio Amadeo. Al respecto, resulta de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/6/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha29/06/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones2468

Primera edición02/01/1998

Ultima edición21/05/2024

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