Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 9/3/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 09 de Marzo de 2018

BOLETIN OFICIAL

Edicto de Manifestación de Descubrimiento
Pág. 11
Edicto de Manifestación de Descubrimiento
Titular: Alamo Mario - Expte. N 86 Letra A Año 2017. Denominado: El León 3. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 04 de octubre de 2017. Señor Director: La presente solicitud de manifestación de descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son X=6865731.72 - Y=2608705.78
ha sido graficada en el Departamento Vinchina de esta Provincia, conforme a lo manifestado por el interesado en presentación de fs. 1 y 2 de los presentes actuados. Se informa que el área de protección de dicha manifestación tiene una superficie libre de 355 ha 1989.92 m2; dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas: GAUSS KRUGGER POSGAR 94:
Y=2607200.000
X=6864833.140
Y=2607200.000
X=6865999.620
Y=2610245.050
X=6865999.620
Y=2610245.050 X=6864833.140. La nomenclatura catastral correspondiente es: 6865731.72-2608705.78-13-10-M. Fdo.
Daniel Zarzuelo. Jefe de Catastro Minero Dirección Gral. de Minería: La Rioja, 15 de diciembre de 2017. Visto y Considerando La Directora de Minería Dispone: Artículo 1 Regístrese, en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento; publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días, y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 53
del Código de Minería llamando por el término de sesenta 60 días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones Art. 66 del citado Código. Artículo 2
Inclúyase este Registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres años, conforme lo establece el Artículo 224 del Código de Minería. Artículo 3 La publicación de los edictos referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante, con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial, y cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y última publicación, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Art 57 del C.P.M. Ley 7.277. Artículo 4 El término de cien 100
días, que prescribe el Art. 68 del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro, bajo apercibimiento de caducidad del derecho, cancelando el registro y teniendo la manifestación como no presentada Art. 60 del C.P.M.
Artículo 5 El concesionario deberá dentro de los treinta 30
días posteriores al vencimiento de la Labor Legal solicitar la pertenencia que le corresponda de acuerdo a lo establecido por el Art. 67 y conc. del citado Código, bajo apercibimiento de tener por desistido los derechos en trámite, inscribiéndose la mina como vacante Art. 61 C.P.M.. Artículo 6 Córrasele Vista, al concesionario de lo informado por el Dpto. de Geología Minera a fs. 10. Artículo 7 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1
de la presente Disposición y confecciónense los edictos ordenados haciéndose entrega para su publicación, fecho, pase a Sección Padrones, Resérvese. Fdo. Dra. Rosa Camila Gómez, Directora General de Minería La Rioja. Ante mí: Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.

Titular: Alamo Mario Expte. N 87 - Letra A Año 2017. Denominado: El León 4. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 04 de octubre de 2017. Señor Director: La presente solicitud de manifestación de descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son X=6866275.31 Y=2609097.11 ha sido graficada en el Departamento Vinchina de esta Provincia, conforme a lo manifestado por el interesado en presentación de fs. 1 y 2 de los presentes actuados. Se informa que el área de protección de dicha manifestación tiene una superficie libre de 355 ha 1989.92
ni2; dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas: GAUSS KRUGGER POSGAR 94:
Y=2607200.000
X=6865999.680
Y=2607200.000
X=6867166.160
Y=26l0245.050
X=6867166.l60
Y=2610245.050 X=6865999.680. La nomenclatura catastral correspondiente es: 6866275.31.2609097.11-13-10-M. Fdo.
Daniel Zarzuelo, Jefe de Catastro Minero Dirección Gral. de Minería: La Rioja, 15 de diciembre de 2017. Visto y Considerando La Directora de Minería Dispone: Artículo 1 Regístrese, en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento; publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días, y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 53
del Código de Minería llamando por el término de sesenta 60 días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones Art. 66 del citado Código. Artículo 2
Inclúyase este Registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres años, conforme lo establece el Artículo 224 del Código de Minería. Artículo 3 La publicación de los edictos referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante, con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial, y cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y última publicación, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Art 57 del C.P.M. Ley 7.277. Artículo 4 El término de cien 100
días, que prescribe el Art. 68 del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro, bajo apercibimiento de caducidad del derecho, cancelando el registro y teniendo la manifestación como no presentada Art. 60 del C.P.M.
Artículo 5 El concesionario deberá dentro de los treinta 30
días posteriores al vencimiento de la Labor Legal solicitar la pertenencia que le corresponda de acuerdo a lo establecido por el Art. 67 y conc. del citado Código, bajo apercibimiento de tener por desistido los derechos en trámite, inscribiéndose la mina como vacante Art. 61 C.P.M.. Artículo 6 Córrasele Vista, al concesionario de lo informado por el Dpto. de Geología Minera a fs. 10. Artículo 7 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1
de la presente Disposición y confecciónense los edictos ordenados haciéndose entrega para su publicación, fecho, pase a Sección Padrones, Resérvese. Fdo. Dra. Rosa Camila Gómez, Directora General de Minería La Rioja. Ante mí: Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.

Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dcción. Gral. de Minería
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dcción. Gral. de Minería
N 21.040 - $ 1.400,00 - 23/02, 02 y 09/03/2018

N 21.041 - $ 1.400,00 - 23/02, 02 y 09/03/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 9/3/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha09/03/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones2453

Primera edición02/01/1998

Ultima edición22/03/2024

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