Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/6/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 10

BOLETIN OFICIAL

DECRETO N 265 S.A.M. y D.R.
10/03/00
Autorizando al señor Secretario de Asuntos Municipales y Desarrollo Regional a suscribir la prórroga del Contrato de Locación de Servicios con el Ing. Hugo Fernando Vera, D.N.I. N 21.564.565, domiciliada en calle Angel V.Peñaloza N 515, barrio Los Olivares, en la ciudad de La Rioja.
El plazo de duración de la contratación que por este acto se autoriza, se extenderá desde la fecha de suscripción del instrumento contractual respectivo hasta el 31 de diciembre de 2000, fijándose una retribución mensual total de Pesos Un Mil $ 1.000,00.
Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, serán atendidos con las partidas específicas del presupuesto vigente para el ejercicio 2000.
Procediendo por la Escribanía General de Gobierno a la confección y protocolización del instrumento contractual pertinente.
Maza, A.E., Gobernador - Bengolea, J.D., M.P. y T. a/c M.C.G. - Maza, J.R., S.A.M. y D.R.

DECRETO N 266 M.C.G.
10/03/00
Prorrogando a partir de 01 de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2000, el contrato de locación de servicios suscripto entre la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo y el Dr. Ramón Antonio Rivas, D.N.I. N
12.178.574, para cumplir funciones en la ejecución del programa B.I.D. -mejoramiento de barriosy tareas diarias del Dpto. Jurídico.
Dando participación a la Escribanía General de Gobierno a fin de que proceda a confeccionar el instrumento pertinente emergente del presente acto de gobierno.
Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, serán atendidos con las partidas específicas del presupuesto vigente para el ejercicio 2000, debiendo las reparticiones responsables realizar -de así corresponderlas modificaciones presupuestarias que resulten menester a tal efecto.
Maza, A.E., Gobernador - Bengolea, J.D., M.P. y T. a/c M.C.G.

DECRETO N 267 M.C.G.
10/03/00
Prorrogando a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2000, el contrato de locación de servicios suscripto entre la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo y el Lic. Adrián Marcelo Spinosa, D.N.I. N
21.564.654, para cumplir funciones en el programa de autoconstrucción asistida.
Dando participación a la Escribanía General de Gobierno a fin de que proceda a confeccionar el instrumento pertinente emergente del presente acto de gobierno.
Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, serán atendidos con las partidas
Martes 13 de junio de 2006

específicas del presupuesto vigente para el ejercicio 2000, debiendo las reparticiones responsables realizar -de así corresponderlas modificaciones presupuestarias que resulten menester a tal efecto.
Maza, A.E., Gobernador - Bengolea, J.D., M.P. y T.

DECRETO N 268 M.C.G.
10/03/00
Prorrogando a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2000, el contrato de locación de servicios suscripto entre la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo y la Arq. Verónica Mariana Vargas, D.N.I. N
21.733.080, para cumplir funciones en la auditoría de obras del programa de autoconstrucción asistida.
Dando participación a la Escribanía General de Gobierno a fin de que proceda a confeccionar el instrumento pertinente emergente del presente acto de gobierno.
Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, serán atendidos con las partidas específicas del presupuesto vigente para el ejercicio 2000, debiendo las reparticiones responsables realizar -de así corresponderlas modificaciones presupuestarias que resulten menester a tal efecto.
Maza, A.E., Gobernador - Bengolea, J.D., M.P. y T. a/c M.C.G.

DECRETO N 692
La Rioja, 30 de junio de 2000
Visto: el Decreto N 1.009/98, el que autoriza a la Dirección del Hospital Dr. Enrique Vera Barros, a la creación de un Fondo Fijo y Caja Chica para gastos menores;
y, Considerando:
Que, igualmente, se autoriza la adjudicación de contrataciones de Bienes y Servicios, emergentes de la naturaleza de los Hospitales Públicos de Autogestión mediante el procedimiento excepcional de Contratación Directa, hasta el límite fijado en la suma de Pesos Cien Mil $ 100.000.
Que, en esta ocasión, la Dirección General del Establecimiento Asistencial, solicita mantener vigente dicha medida fundamentando el requerimiento en el hecho cierto y real que con dicho instrumento el mencionado nosocomio pudo adecuar su funcionamiento al esquema que requiere el Decreto Nacional N 578 referido a los Hospitales Públicos de Autogestión.
Que, por otra parte, este procedimiento permitirá adquirir una importante cantidad de insumos destinados a los distintos servicios hospitalarios con lo cual se logrará mantener la prestación sanitaria habitual y además optimizar la atención médica con cobertura a toda la población.
Que, por otra parte, debemos citar que la Salud Pública resulta un servicio esencial y prioritario, en consecuencia, es criterio de esta Función Ejecutiva acceder a la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/6/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha13/06/2006

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones2453

Primera edición02/01/1998

Ultima edición22/03/2024

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