Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 12/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Martes, 12 de Marzo de 2024

Junta de Compensación del Plan Parcial R-5.1 del PGOU
Puente Genil Córdoba Núm. 814/2024
La Asamblea General de la Junta de Compensación PLAN
PARCIAL R-5.1 del PGOU de Puente Genil, en sesión extraordinaria, celebrada el día 13 de febrero de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO. Acordar el inicio del expediente del Proyecto de Reparcelación de la unidad de ejecución PLAN PARCIAL R-5.1 del PGOU de Puente Genil, presentado por la Junta de Compensación, según la Ley 7/2021, de 3 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad de Territorio de Andalucia.
Someter el expediente a un periodo de información pública por plazo de UN MES, mediante publicación de Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia, con notificación individual a los propietarios de suelo comprendido dentro del ámbito, y demás interesadas durante el cual se podrán presentar alegaciones.
Fdo. Carmen Calzado Rivas. Presidenta de la Junta de Compensación PLAN PARCIAL R-5.1 del PGOU de Puente Genil.
Puente Genil, 6 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por Manuel José Carrasco de Larriva.

El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Sociales del Ayuntamiento de Córdoba, a través de concertación de cita con Trabajador/a Social de los Servicios Sociales Comunitarios que corresponda según la residencia y situación del caso.
Sexto: Justificación Los beneficiarios de las ayudas, deberán justificar, en el plazo de quince días naturales siguientes a la finalización del plazo para el pago de la renta establecido en el contrato de arrendamiento, ante VIMCORSA la realidad del pago efectuado en la parte del precio de la renta a que se comprometió mediante recibo, justificante de transferencia, apunte bancario o por cualquier otro medio que acredite la realidad del ingreso.
La falta de presentación de haber abonado su parte en el precio de la renta, implicará la pérdida del derecho al percibo de dicha mensualidad, siguiendo respecto de las demás siempre que sean debidamente justificadas.
Córdoba, 6 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por el Tte. de Alcalde Delegada de Servicios Sociales y Mayores, Evarista Contador Contador.

Nº 50 p.2074

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 12/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha12/03/2024

Nro. de páginas137

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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