Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 23/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 23 de Febrero de 2024

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul Delegación Territorial en Córdoba Núm. 181/2024
ACUERDO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
ACUERDO de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba, por el que se abre un periodo de información pública sobre el expediente de ocupación en las vías pecuarias Cañada de Córdoba a Sevilla, Cordel de la Jara a Palma del Río y Vereda de las Barranqueras del término municipal de Palma del Río, provincia de Córdoba, VP/1449/2022 T0711/2022 para el Plan de Despliegue de Red de Telecomunicaciones Troncal de Fibra Óptica Aérea y Subterránea.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias BOE nº 71, de 24 de marzo, y a los efectos previstos en el artículo 48 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía BOJA nº 87, de 4 de agosto, en virtud de la competencia atribuida por el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la Organización Territorial Provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul y el Decreto 579/2022, de 27 de diciembre, por que que se dispone el nombramiento del Delegado Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba, así como el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.1.e de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
ACUERDO
PRIMERO. La apertura de un periodo de información pública, en el seno del procedimiento administrativo relativo al expediente con referencia VP/1449/2022 T0711/2022, promovido por Adamo Telecom Iberia SAU, en el procedimiento de ocupación en las vías pecuarias Cañada de Córdoba a Sevilla, Cordel de la Jara a Palma del Río y Vereda de las Barranqueras del término municipal de Palma del Río, provincia de Córdoba.
SEGUNDO. La publicación en el Boletín Oficial de la la Provincia de Córdoba del presente Acuerdo, en el tablón de edictos de los Ayuntamientos afectados y en la Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba, a fin de que cualquier persona física y jurídica pueda examinar el expediente, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en dicho Boletín Oficial, otorgándose además de dicho mes, un plazo de VEINTE
DÍAS hábiles a partir de la finalización del mismo para formular cuantas alegaciones estimen oportunas, presentando los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
TERCERO. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta a través del Portal de la Junta de Andalucía, en la Sección de Transparencia en el apartado de Publicidad Activa, accesible directamente a través de la siguiente url, que permite el acceso directo a los documentos sometidos a información pública por esta Consejería:
hps juntadeandalucia.es/organismos/sostenibilidadmedioam-

bienteyeconomiaazul/servicios/parcipacion/todosdocumentos.html Así como en las dependencias administrativas sitas en la calle Tomás de Aquino s/n, edificio de Servicios Múltiples, 7 planta, Córdoba, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes salvo días festivos, previa cita en la dirección de correo:
citaprevia.dtco.csmaea@juntadeandalucia.es CUARTO. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este Acuerdo, deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Córdoba a 12 de enero de 2024. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, Rafael Martínez Ruedas.

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputación de Córdoba Núm. 642/2024
NORMAS PARA LA ELABORACIÓN, APROBACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS PLANES PROVINCIALES DE OBRAS Y SERVICIOS PARA EL CUATRIENIO 2024-2027 DE LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE CÓRDOBA
BDNSIdentif.: 744419
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/744419
1. OBJETO.
1.1. El presente Plan Provincial tiene por objeto contribuir de forma objetiva y equitativa a la realización de inversiones destinadas a la prestación integral y adecuada de los servicios de competencia municipal, conforme a lo previsto en los artículos 25 y 26
de la LRBRL, artículo 9 de la LAULA y las competencias que le atribuyan como propias la legislación administrativa, así como de las competencias propias atribuidas como mínimos a las entidades locales autónomas, en virtud del artículo 123 de la LAULA.
1.2. Las Entidades Locales podrán solicitar en este Plan Provincial la financiación de:
Inversiones y obras destinadas a la prestación de servicios de competencia municipal, dando prioridad a los servicios básicos municipales previstos en el artículo 26 de la LRBRL y a las actuaciones que sean continuación de las incluidas en el Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal cuatrienio 2020-2023.
Adquisición de bienes inmuebles necesarios para la prestación de un uso o servicio público de competencia municipal, siempre que éste haya sido solicitado en el presente Plan Provincial y esté contemplado y definido perfectamente en la memoria técnica previa para la formación del Plan, así como en el Proyecto o Memoria técnica que desarrolle la actuación a acometer.
1.3. Las Entidades Locales beneficiarias de este Plan Provincial sólo podrán presentar un máximo de 3 actuaciones.
1.4. Con la aprobación de este Plan Provincial, se persigue me-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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JUNTA DE ANDALUCIA

Nº 39 p.1522

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 23/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha23/02/2024

Nro. de páginas41

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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