Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 27/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Miércoles, 27 de Diciembre de 2023

Rfa. Sesión: 28 de noviembre de 2023/6.
Asunto: Rectificación de error material en la Oferta de Empleo Público de la GMU 2023, aprobada por acuerdo del Consejo Rector, de fecha 14 de noviembre de 2023.
CERTIFICA: Que según datos obrantes en esta Secretaría de mi cargo, el Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en sesión ordinaria, celebrada en segunda convocatoria el día 28 de noviembre, conoció el asunto de referencia y, de con-

Nº 245 p.10623

formidad con los informes emitidos por el Servicio de Personal y Recursos, por unanimidad de los/as Sres./as Consejeros/as adoptó sobre el asunto referido los siguientes acuerdos cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
PRIMERO. Rectificar los errores materiales del acuerdo adoptado en su sesión de 14 de noviembre, y aprobar el siguiente cuadro resumen de la oferta de empleo 2023:

OFERTA DE EMPLEO 2023: 7 PLAZAS TURNO LIBRE
GRUPO/NIVEL
RETRIBUTIVO

CLASIFICACIÓN

CATEGORÍA

Nº VACANTES

SISTEMA DE
ACCESO LIBRE

A1

Admón Especial
Arquitecto/a
3

Concursooposición/ oposición
F000048/23
F002015/23F000007/23

A2

Admón Especial
Ingeniero Técnico Industrial
1

Concursooposición/ oposición
F000125/23

A2

Admón General
Ingeniero Técnico Obras Públicas
1

Concursooposición/ oposición
F000122/23

513/A4

Admón Especial
Auxiliar Informática
1

Concursooposición/ oposición
L000232/21

534/C5

Admón Especial
Vigilante Obras
1

Concursooposición/ oposición
L000172/23

7

SEGUNDO. Mantener el resto del acuerdo en sus propios términos, acordando su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Y para que conste y surta efectos donde proceda, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por no haber sido aprobada el acta por el Consejo Rector de Gerencia y, en reserva de los términos que resulten de su aprobación, expido la presente certificación de orden y con el visto bueno del Sr. Presidente.
En Córdoba, en la fecha indicada en las firmas electrónicas CSV f03667645a6bf64d0d7015823950aac9d020d849
VºBº EL PRESIDENTE Por D.F., Decreto 2023/10089 de 28-72023 El Gerente, Julián Álvarez Ortega.
Firmado electrónicamente por el Secretario de la GMU, por delegación del Titular del O.A. de la J.G.L. Por Decreto nº 7769, DE
31 DE MAYO DE 2022. Don Joaquín Sama Tapia.
Córdoba, 15 de diciembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Gerente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Julián Álvarez Ortega.

Comunidad de Regantes de Fuente Palmera Fuente Palmera Córdoba Núm. 5.379/2023
Don José María Martínez Hens, DNI 30.449.695H, Presidente de la Comunidad de Regantes de Fuente Palmera, con domicilio en Fuente Palmera Córdoba, calle Ingeniero Práxedes Cañete 2, y CIF G-14.043.814, dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de los acuerdos adoptados por unanimidad en la Asamblea General de fecha 30 de noviembre de 2023, en el apartado del orden del día 3, Campaña de riegos 2023/2024. Ordenación y aprovechamiento del recurso. Contratos de cesión. Aprobación de lo que proceda y establecimiento, en su caso, de cánones por exceso de con-

sumo, consistentes en los siguientes:
1º. Las fincas, con independencia de los cultivos que tuvieren, podrán disponer de la dotación anual por hectárea fijada por Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, previa detracción de las pérdidas del sistema, calculadas en un 10%.
No obstante lo anterior, en el caso de que por el Organismo de Cuenca finalmente se autorice, exclusivamente, riego de supervivencia para determinados cultivos, la dotación/volumen que se conceda se repartirá exclusivamente entre las fincas sitas en la zona regable que tuviere implantado el cultivo correspondiente.
Estando subordinada esta Corporación de Derecho Público a los acuerdos que a lo largo de la campaña se adopten por el Organismo de Cuenca, se estará en todo caso a lo que por el mismo se disponga y, en particular, al/los período/s de captación que se determine/n por Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a lo largo de la campaña, que son inciertos en este momento.
2º. Toda vez que los elementos de control de los consumos del recurso hídrico hidrantes y contadores, se encuentran en el interior de parcela y son titularidad de los comuneros, no teniendo acceso en muchos casos la Comunidad de Regantes, los partícipes deberán proceder a interrumpir el consumo de agua tan pronto alcancen la dotación establecida, sin perjuicio de proceder la Comunidad conforme corresponda de tener constancia del exceso.
Se faculta expresamente a los presidentes de las agrupaciones y en su defecto al Sr. Presidente de la Comunidad para que adopten las medidas oportunas, con derivación de las responsabilidades que correspondan.
De haber existido algún exceso, se procederá a la liquidación del siguiente canon por exceso de consumo:
-Para consumos que excedan de la dotación hasta un 10% de la misma: 0,50 €/m excedido.
-Para consumos superiores al 10% sobre la dotación: 2,00 €/m excedido.
3º. Corresponde al comunero controlar y verificar sus consumos, estar al corriente de los mismos y realizar las actuaciones que corresponda para no excederse de su dotación.
4º. Se podrá unificar la dotación de varias fincas del mismo o
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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TOTAL PLAZAS OFERTA LIBRE

RÉGIMEN Y CÓDIGOS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 27/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha27/12/2023

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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