Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 20/11/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Lunes, 20 de Noviembre de 2023

Diputación de Córdoba Núm. 5.012/2023
ANUNCIO
La Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria, celebrada el día 14 de noviembre de 2023, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo sobre aprobación de Bases de convocatoria:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN
PROPIEDAD COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DE DOS PLAZAS DE LETRADO/A
1. Objeto de la convocatoria Es objeto de la presente convocatoria la provisión como personal funcionario de carrera de 2 plazas de Letrado/a, mediante el sistema de oposición, que se encuentran vacantes en la plantilla de la Diputación Provincial de Córdoba.
Las características de las plazas convocadas, incluidas en las Ofertas de Empleo Público del año 2022, son las siguientes:

Categoría
Grupo/
Subgrupo
Escala
Subescala
Clase
OEP

Código plaza
Vacantes
Turno Libre
Letrado/a
A/A1

Administración Especial
Técnica
Superior
2022

176
280

2

2

2

2

Total
2. Legislación aplicable Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
3. Requisitos de las personas aspirantes Para poder participar en este proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos, conforme a lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
a Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
b Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e Estar en posesión de la Licenciatura o Grado en Derecho, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se entiende que la persona aspirante está en condiciones de obtenerlo cuando se haya abonado la correspondiente tasa de expedición del título académico.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de homologación o convalidación correspondiente.
Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera en la correspondiente plaza.
4 Forma y plazo de presentación de solicitudes
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
ADMINISTRACIÓN LOCAL

Nº 220 p.9279

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 20/11/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha20/11/2023

Nro. de páginas93

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

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