Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/11/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 03 de Noviembre de 2023

Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 31 de octubre de 2023, el expediente MC3/2023 de Suplemento de créditos, financiado con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales y formularse las alegaciones que se estimen pertinentes ante el Pleno de la Corporación.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, el acuerdo inicial se considerará aprobado definitivamente.
Fuente la Lancha, a 31 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Hospital Mansilla.

Ayuntamiento de Fuente Obejuna Núm. 4.796/2023
Mediante Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento se aprobó la ampliación Oferta de Empleo Público, correspondiente
a la plaza que a continuación se reseña para el año 2023, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 70.2
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, PERSONAL FUNCIONARIO
GRUPO

SUBGRUPO

CLASIFICACIÓN

Nº VACANTES

DENOMINACIÓN

C

C1

Administración General
1

Administrativo
Fuente Obejuna, 30 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Silvia Mellado Ruiz.

Ayuntamiento de La Granjuela Núm. 4.660/2023
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 15 de septiembre de 2023, suplemento de crédito 3/2023 financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, como sigue a continuación:

Altas en aplicaciones de gastos Aplicación
Descripción
Suplemento de crédito
Créditos finales
Progr.

Económica
942

463 01

TRANSF. MANCOMUNIDAD MUNICIPIOS VALLE GUADIATO

8.400,00 €

3.025,76 €

11.425,76 €

226 09

FIESTAS POPULARES Y FESTEJOSACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS

24.000,00 €

15.000,00 €

39.000,00 €

TOTAL

32.400,00

18.025,76

50.425,76

338

2º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Altas en concepto de ingresos Aplicación: económica 8

Créditos iniciales
87

87000

Descripción Remanente Tesorería para Gastos Generales TOTAL INGRESOS

Euros 18.025,76
18.025,76

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a y b, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I
del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artí-

culo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
La Granjuela, 25 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Monserrat Paz Jurado.

OTRAS ENTIDADES
Gerencia Municipal de Urbanismo Córdoba Núm. 4.664/2023
DECRETO Nº: 2023/13088.
Fecha: 09/10/2023.
Nº Expediente: 2023/73678.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Núm. 4.776/2023

Nº 208 p.8890

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/11/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha03/11/2023

Nro. de páginas151

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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