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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 12/8/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
Miércoles, 12 de Agosto de 2020
AYUNTAMIENTO DE LUCENA. Los certificados de empadronamiento así expedidos incluyen un código seguro de verificación vinculado al Ayuntamiento y que permite la comprobación de la integridad del certificado mediante el acceso a la sede electrónica municipal.
La Resolución indicada también es accesible en el apartado de validación de documentos de la Sede Electrónica Municipal, con el siguiente código seguro de verificación CSV 0891 2E8B B0E6
1B2C 14BE.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Lucena, 28 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.
Aplicación Presupuestaria
Ayuntamiento de Priego de Córdoba Núm. 2.318/2020
EDICTO DEL AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA
SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA DECLARACIÓN DE
NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS PARA COMPENSAR LA
MERMA DE RECAUDACIÓN COMO CONSECUENCIA DE LA
SUSPENSIÓN DE LA TASA DE VELADORES.
Se eleva automáticamente a definitivo, al no haberse formulado reclamaciones en el plazo legalmente establecido al efecto, el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 28 de mayo de 2020, sobre la declaración de la no disponibilidad de los créditos que se indican:
Importe a declarar No Disponible
Descripción
508
33402
22609
Festival Internacional de Música, Teatro y Danza
9.000,00 €
509
43200
22699
Otros gastos de Fomento del turismo
4.934,25 €
503
33001
41000
Transferencias corrientes Patronato Adolfo Lozano Sidro
2.000,00 €
503
33002
41000
Transferencias corrientes Patronato Niceto Alcalá-Zamora
3.000,00 €
TOTAL
Contra dicho acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
En Priego de Córdoba, a 29 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.
18,934,25 €
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, así como los artículos 40 a 42 del Real Decreto 500/1990, por importe de 92.518,36 €, y, y sometido el expediente al trámite de exposición pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se han presentado alegaciones, por lo que se entiende aprobado definitivamente, procediéndose a la publicación de las partidas afectadas:
TRANS. NEGATIVAS
Aplicación
TRANSF.POSITIVAS
Importe
Aplicación
Importe
153.2 619.01
20.000,00
338.0 226.09
77.253,79
163.0 227.09
43.210,09
432.0 226.09
8.172,13
171.0 227.99
29.308,27
311.0 226.99
1.452,00
TOTAL
312.0 221.00
366,64
323.0 221.00
5.273,80
92.518,36 €
TOTAL
92.518,36 €
Lo que se hace público para general conocimiento.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde en la fecha y lugar indicado.
Rute, 6 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Ruiz Cruz.
Ayuntamiento de Rute Núm. 2.480/2020
Don Antonio Ruiz Cruz, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Rute Córdoba, hace saber:
Que de conformidad con los artículos 179 y 169.1 del RD legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y habida cuenta que el Ayuntamiento de Rute en sesión plenaria celebrada el día 09 de julio de 2020 acordó la aprobación inicial del expediente de Modificación de Créditos núm. 38/2020, modalidad transferencia de crédito de conformidad con el artículo 179.4 del
Ayuntamiento de La Victoria Núm. 2.455/2020
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Victoria Córdoba, hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de Junio de 2020, ha adoptado el siguiente ACUERDO:
Primero. Declarar el incumplimiento del deber de Urbanización fase 1 del SR-3, del 3% restante, por el Promotor JUVICMA SL,
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 154 p.3557