Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 7/8/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 07 de Agosto de 2020

el Pleno las reclamaciones y sugerencias que estime convenientes, con arreglo al artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20.1
del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
En el supuesto de que no se presente reclamación alguna, el acuerdo adoptado sobre aprobación inicial será considerado de aprobación definitiva según lo acordado y legalmente previsto.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Nueva Carteya, 3 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Vicente Tapia Expósito.

Nº 151 p.3433

los 40 y siguientes del RD 500/1990 de 20 de abril, y en el artículo 169 del RDL 2/2004 de 5 de marzo reseñado, según detalle:
Aplicación
Denominación
920.227.06

Trabj. Técnicos 54.331,80 €

920.625.00

Mobiliario
Crédito
24.750,00 €

Incremento
Disminución
Crédito
0,00 €

25.000,00 €

29.331,80 €

25.000,00 €

0,00 €

49.750,00 €

Lo que se publica para general conocimiento.
Pedro Abad, 6 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa Accidental, Adela Calzado Barbudo.

Ayuntamiento de Priego de Córdoba Ayuntamiento de Pedro Abad
Núm. 2.323/2020

Doña Magdalena Luque Canelo, Alcaldesa del Ayuntamiento de Pedro AbadCórdoba, hace saber:
Que publicado Anuncio número 1746, en el BOP número 126, de fecha 3 de julio de 2020, relativo a la aprobación por el Ayuntamiento Pleno del Plan Económico Financiero para los ejercicios 2020/2021, formado a efectos del incumplimiento del principio de la Regla de Gasto derivada de la Liquidación del Presupuesto General 2019, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la LO 2/2012 de 27 de abrilde Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; 26 del RD 1463/2007 de 2 de noviembre en relación a los dispuesto en el artículo 169 del RDL 2/2004 de 5
de marzoRegulador de las Haciendas Locales, sin que contra el mismo se haya producido reclamación alguna y devenido firme el reseñado acuerdo se procede a la publicación definitiva del mismo.
Lo que se publica para general conocimiento.
Pedro Abad, 27 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Magdalena Luque Canalejo.

Núm. 2.317/2020
Doña Magdalena Luque Canalejo, Alcaldesa del Ayuntamiento de Pedro Abad Córdoba, hace saber:
Que por el Decreto de la Alcaldía número 02/212/2020 de 30
de julio, se nombra a la Segunda Teniente de Alcalde, doña Adela Calzado Barbudo, Alcaldesa Accidental desde la 00,00 horas del día 3 de agosto de 2020 hasta las 24,00 horas del día 15 de agosto de 2020.
Pedro Abad, 30 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Magdalena Luque Canalejo.

Núm. 2.437/2020
Doña Adela Calzado Barbudo, Alcaldesa Accidental del Ayuntamiento de Pedro AbadCórdoba, hace saber:
Que publicado Anuncio número 2007, en el BOP núm 134, de fecha 15 de julio de 2020, relativo a la aprobación por el Ayuntamiento Pleno del expediente de Modificación del Presupuesto de 2020 transferencia entre aplicaciones de gasto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del RDL 2/2004 de 5 de marzo Regulador de las Haciendas Locales, sin que contra el mismo se haya producido reclamación alguna y devenido firme el reseñado acuerdo se procede a la publicación definitiva del mismo, según el siguiente detalle/resumen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del RDL 2/2004 de 5 de marzo y artícu-

Expediente 2020/15369
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177.2 del referido RD Legislativo, y el artículo 20.1 al que se remite el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Intervención de esta entidad local se halla expuesto al público el expediente de créditos extraordinarios número 14 que afecta al Presupuesto del ejercicio 2020 de este Excmo. Ayuntamiento, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 30/07/2020, y financiado con remanente de tesorería.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del RD Legislativo 2/2004 a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b Oficina de presentación: Registro General.
c Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
En Priego de Córdoba, a 31 de julio de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.

Núm. 2.324/2020
Expediente 2020/16113
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177.2 del referido RD Legislativo, y el artículo 20.1 al que se remite el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Intervención de esta entidad local se halla expuesto al público el expediente de modificaciones presupuestarias número 16/2020 por créditos extraordinarios y suplementos de crédito que afecta al Presupuesto del ejercicio 2020 de este Excmo. Ayuntamiento, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 30-07-2020, y financiado con bajas de otras aplicaciones.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del RD Legislativo 2/2004 a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Núm. 2.237/2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 7/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha07/08/2020

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031