Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 27/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Lunes, 27 de Abril de 2020

Ayuntamiento de Hinojosa del Duque Núm. 1.024/2020
Por Hermanos Aranda Delgado, C.B., se ha solicitado licencia municipal para Proyecto Legalización de Instalaciones de Explotación Ganadera de Vacuno Lechero en el Paraje Cerro Alto, polígono 43, parcelas 297, 298, 299, 300, 301, 302, 448, 449, 451, 452 y 456, de este municipio.
Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de Calificación Ambiental de 19 de diciembre de 1995, se hace público, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actuación, puedan formular las observaciones y reparos pertinentes, en el plazo de veinte días, a contar desde la fecha de publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia. El expediente se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento, por el mismo espacio de tiempo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Hinojosa del Duque, 17 de abril de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Matías González López.

Ayuntamiento de Puente Genil Núm. 1.033/2020
Por Decreto de esta Alcaldía de fecha 17 de abril de 2020, se ha admitido a trámite el expediente promovido por Asociación Dianova España, para implantación de comunidad terapéutica en el Cortijo Las Torrecillas, parcela 67 del Polígono 7 de este término municipal.
Dicho expediente se podrá examinar en la página web de este Ayuntamiento Áreas Municipales Urbanismo, Obras y Vivienda Proyecto Actuación Dianova con el doble contenido de examen del expediente y presentación de reclamaciones, por plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según establece el artículo 43. 1-c de la LOUA.
Puente Genil, 17 de abril de 2020. Firmado electrónicamente:
El Alcalde, Esteban Morales Sánchez.

Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba Núm. 1.038/2020
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA
Antecedentes de hecho PRIMERO Y ÚNICO.
Con fecha 17/04/2020 se ha publicado en el BOP de Córdoba
núm. 73, la Resolución de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, relativo al nombramiento como funcionario de carrera en la plaza de Oficial de Policía Local, a favor del siguiente aspirante:
Apellidos
Nombre
NIF

Frías Díaz
Jesús Salvador
5478Q

Sin embargo, existe un error mecanográfico en la transcripción del segundo apellido, debiendo constar lo siguiente:
Apellidos
Nombre
NIF

Frías Díez
Jesús Salvador
5478Q

Manteniéndose el resto de la Resolución núm. 2020-0064 en todos sus términos.
I Que la competencia para dictar esta Resolución corresponde a la Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.h y s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
II
Que en cuanto al fondo del asunto, resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico de Procedimiento Administrativo Común, al establecer que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Visto cuanto antecede, que se ha seguido la tramitación legal correspondiente, y que se han observado todas las formalidades exigidas, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico vigente, Resuelvo Primero. Tener por subsanado el error en el nombramiento del aspirante para la plaza de Oficial de Policía local de este Ayuntamiento, debiendo constar el correcto, tal y como se establece a continuación:
Apellidos
Nombre
NIF

Frías Díez
Jesús Salvador
5478Q

Segundo. Mantener la Resolución de la Alcaldia-Presidencia núm. 2020-0064 en todos sus términos, publicar en el BOP de Córdoba a los efectos legales oportunos, notificar al interesado, y dar cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que se celebre.
Tercero. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con los artículos 8.6 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que alternativamente pueda interponerse Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes, ante Ss. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, en cuyo caso no cabrá interponer el Recurso Contencioso-Administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1 y 123 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
h La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratado de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de reintegro.
En los demás supuestos previstos en la normativa reguladora de la subvención.
Castro del Río a 22 de abril de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Salvador Millán Pérez.

Nº 79 p.1804

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 27/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha27/04/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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