Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 03 de Enero de 2020

LECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DEL TRANSPORTE DE
VIAJEROS POR CARRETERA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
ASISTENTES
-Por ATC:
Don Miguel Ramírez Luna.
Asesor:
Don Antonio Arroyo Díaz.
-Por UGT:
Don Juan Martínez Beltrán.
En Córdoba, siendo las diez horas y treinta minutos del día siete de Noviembre dos mil diecinueve se reúnen los señores relacionados al margen, miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Transportes de Viajeros por Carretera de Córdoba, en la sede de la Confederación de Empresarios de Córdoba.
Abierta la sesión, ambas partes, analizan la consulta planteada por las empresas SOCIBUS y SECORBUS a la comisión paritaria, resolviendo al respecto lo siguiente:
CONSULTA PLANTEADA POR SOCIBUS Y SECORBUS:
En esta consulta se pide a la comisión Paritaria que se pronuncie sobre si es de aplicación en este convenio la Resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 3837, por la que se publica en el BOE el laudo arbitral de fecha 24 de noviembre del año 2000, dictado por don Alfonso Morón Merchante para los convenios de las empresas de transporte de viajeros por carretera. Ello en relación al artículo 6 Antigedad del convenio provincial de Transporte de Viajeros por Carretera de Córdoba.
En tal sentido solamente indicar que el artículo 6 del vigente convenio colectivo provincial de transporte de viajeros por carretera regula el complemento de antigedad aplicable a las empresas del sector indicando claramente que es el único sistema aplicable por este concepto.
Por su parte, la Resolución de 19 de enero de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de laudo arbitral de fecha 24 de noviembre de 2000, dictado por don Alfonso Morón Merchante en el conflicto derivado del proceso de sustitución negociada de la derogada Ordenanza Laboral para las Empresas de Transportes por Carretera, aprobada por Orden de 20 de marzo de 1971, en lo que se refiere al Subsector de Transporte de Viajeros por Carretera, en su Capítulo I Naturaleza y eficacia del Laudo, punto 3
establece claramente que el Laudo solamente tiene carácter de norma subsidiaria respecto a los convenios colectivos vigentes o supletorio para aquellas provincias que no cuenten con convenio colectivo o para aquellos que no regulen algunas de las materias objeto de regulación.
Por tanto, según el criterio de esta Comisión Paritaria, en relación con el complemento de antigedad no es de aplicación el Laudo arbitral de 24 de noviembre del 2000 en el ámbito del convenio provincial de transporte de viajeros por carretera de Córdoba.
Se faculta a don Antonio Arroyo Díaz para que presente telemáticamente este acta ante la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las once horas del día arriba indicado.
POR ATC. POR UGT. Firmas ilegibles.

Núm. 4.597/2019

Convenio o Acuerdo: Convenio Colectivo Provincial de Construcción y Obras Públicas de Córdoba Expediente: 14/01/0274/2019
Fecha: 18/12/2019
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación Destinatario: Pedro Luis Tellez Guerrero Código 14000365011981
Visto el Texto de los Acuerdos del día 2 de diciembre de 2019
de la Comisión Paritaria del CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE CÓRDOBA, en los que se aprueban, entre otros, el Calendario Laboral para el año 2020, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
ACUERDA
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 18 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Univ, Ángel Herrador Leiva.
ASISTENTES
-Por CCOO Construcción y Servicios:
Don Antonio Salazar Castillo.
Doña Dolores Mármol García.
-Por UGT-FICA:
Don Antonio Rafael Lopera Ordoñez.
Don Manuel Mejías Fuentes.
-Por CONSTRUCOR:
Don Francisco Carmona Castejón.
Don Antonio Arroyo Díaz.
Doña Elisabeth del Rocío Ruiz Requena.
Don Antonio Torres López.
En Córdoba, siendo las doce horas del día dos de diciembre de dos mil diecinueve, se reúnen en la sede social de la Asociación de Empresarios de la Construcción de Córdoba las personas que al margen se relacionan, en la representación que igualmente se indica.
La reunión tiene por objeto continuar el proceso negociador para la firma del cuadro calendario que habrá de regir en el ámbito de la provincia de Córdoba durante 2020.
Tras valorar las partes las distintas propuestas presentadas para la distribución de la jornada efectiva de trabajo en cómputo anual, se adoptan los siguientes acuerdos:
1º. Aprobar el que se acompaña a la presente acta como Anexo I.
2º. Aprobar la adaptación del texto del artículo 9 del vigente
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 2 p.19

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha03/01/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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