Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/11/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Martes, 19 de Noviembre de 2019

octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en virtud del cual, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a los recursos, todo ello sin menoscabo de las garantías legales que asisten a las entidades solicitantes y, en su caso, beneficiarias, por ello el plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Otros datos La solicitud se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, o en la página web municipal: http www.lacarlota.es/, siendo presentados en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avda. Carlos III, 50; ó bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
La Carlota, 14 de noviembre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Antonio Granados Miranda.

Patronato Municipal de Cultura Juan Bernier La Carlota Córdoba Núm. 4.115/2019
CONVOCATORIA DIRIGIDA A ASOCIACIONES PARA LA
REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DENTRO DEL ÁMBITO DE LA
CULTURA Y LA JUVENTUD. 2019
BDNS Identif.: 481815
Extracto de la Convocatoria que ha de regir la concesión de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota, destinadas a la Cultura y Juventud 2019.
Gex: 3028 /2019
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans y la página web del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota.
Primero La finalidad de esta convocatoria es la de colaborar y favorecer el desarrollo de las asociaciones sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota, con el fin de fomentar las actividades promovidas por las mismas siempre y cuando su objeto social esté relacionado con las áreas de cultura y juventud, y estará financiado con cargo a los recursos propios del Patronato Municipal de Cultura Juan Bernier.
Segundo. Beneficiarios Podrán concurrir a esta convocatoria todas las Asociaciones de carácter cultural y juvenil, con personalidad jurídica propia, constituidas legalmente, y que realicen su actividad general en el término municipal de La Carlota, desarrollando proyectos y actividades de un claro carácter cultural, con proyección o impacto sobre la población carloteña.
Las Asociaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
A Estar legalmente constituidas como tales con inscripción actualizada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de La Carlota a la fecha de solicitud.
B No estar incursas las personas jurídicas, las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas en
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
to puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans y la página web del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota.
Primero La finalidad de esta convocatoria es la de colaborar y favorecer el desarrollo de las asociaciones municipales sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota, con el fin de fomentar las actividades promovidas por las mismas siempre y cuando su objeto social esté relacionado con las áreas de Bienestar Social, Medio Ambiente, Educación, Salud, Consumo e Igualdad, y estará financiado con cargo a los recursos propios del Patronato de Servicios Sociales.
Segundo. Beneficiarios Podrán concurrir a esta convocatoria todas las Asociaciones, con personalidad jurídica propia, constituidas legalmente, y que realicen su actividad general en el término municipal de La Carlota, desarrollando proyectos y actividades de un claro carácter social, con proyección o impacto sobre la población carloteña.
Las Asociaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
A Estar legalmente constituidas como tales con inscripción actualizada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de La Carlota a la fecha de solicitud.
B No estar incursas las personas jurídicas, las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas en alguno de los supuestos de prohibición, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
C Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas, locales y de la Seguridad Social.
D Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la cláusula sexta de la Convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras La presente convocatoria se regirá por en el Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017 y publicada en el B.O.P. nº 95, de 22 de mayo de 2017, así como por la presente convocatoria, aprobadas por Resolución de Presidencia/Alcaldía número 468/2018, de 1 de marzo, del corriente.
Cuarto. Importe El presupuesto máximo disponible para esta convocatoria es de 14.500 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 2310 48007
Subv. Asociaciones, Hermandades, y otras sin ánimo lucro del Presupuesto del Patronato Municipal de Servicios Sociales para el año 2019.
La cuantía máxima a conceder a cada entidad beneficiaria no podrá superar la cuantía de dos mil quinientos euros 2.500 €, y nunca se podrá superar el 100% del presupuesto del proyecto presentado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Con la finalidad de asegurar los principios de eficacia y eficiencia, y el consiguiente beneficio para el sector al que se dirige, se hace aconsejable optar, en la presente convocatoria, por una gestión y tramitación en el menor plazo posible, lo cual permitirá reducir los tiempos para la puesta en marcha del procedimiento administrativo de concesión de estas ayudas y cumplir por tanto, con el objetivo encomendado a esta línea de ayudas. Ello recomienda acordar la aplicación del trámite de urgencia en el procedimiento de tramitación de la presente convocatoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de
Nº 220 p.5552

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha19/11/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930