Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Jueves, 19 de Septiembre de 2019

Órgano: Vicepresidencia del I.C.H.L.
En ejercicio de las competencias delegadas mediante Decreto de la Presidencia del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local de fecha 11 de julio de 2019, esta Vicepresidencia, ha decretado el 11 de septiembre de 2019 la aprobación de los padrones cobratorios del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019, correspondientes a los municipios de Adamuz, Aguilar de la Frontera, Alcaracejos, Almedinilla, Almodóvar del Río, Añora, Baena, Belalcázar, Belmez, Benameji, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, Carcabuey, Cardeña, Castro del Río, Conquista, Doña Mencía, Dos Torres, El Carpio, El Guijo, El Viso, Encinas Reales, Espejo, Espiel, Fernán Núñez, Fuente Carreteros, Fuente la Lancha, Fuente Obejuna, Fuente Palmera, Fuente Tójar, Guadalcázar, Hinojosa del Duque, Hornachuelos, Iznájar, La Carlota, La Granjuela, La Guijarrosa, La Rambla, La Victoria, Los Blázquez, Lucena, Luque, Montemayor, Montilla, Montoro, Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Obejo, Palenciana, Palma de Río, Pedro Abad, Pedroche, Peñarroya, Posadas, Pozoblanco, Priego, Puente Genil, Rute, San Sebastián de los Ballesteros, Santa Eufemia, Santaella, Torrecampo, Valenzuela, Valsequillo, Villa del Río, Villafranca, Villaharta, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Duque, Villanueva del Rey, Villaralto, Villaviciosa y Zuheros.
La notificación de las liquidaciones contenidas en los padrones se realiza de forma colectiva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en el artículo 78 de la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho Público de la Diputación Provincial de Córdoba.
Estos padrones quedan expuestos al público en cada Ayuntamiento, en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local https sede.haciendalocal.es, y en las distintas oficinas de Atención al Público del Organismo, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ordenanza General de la Diputación de Córdoba.
-Recursos:
Contra estas liquidaciones, se podrá interponer el recurso de reposición del artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública, pudiendo presentarse en la sede central, sita en la calle Reyes Católicos, número 17 de Córdoba o en cualquier otra oficina del Organismo en la provincia.
-Plazo de pago en período voluntario:
Desde el día 19 de septiembre hasta el día 19 de noviembre de 2019, ambos inclusive.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
-Forma de pago:
Las deudas que no estuvieran domiciliadas, podrán abonarse de forma telemática en la oficina virtual del Organismo accesible en la Sede Electrónica https sede.haciendalocal.es.
El abono personal en ventanilla, podrá realizarse únicamente mediante la presentación del correspondiente abonaré remitido al domicilio del obligado al pago, durante el horario de oficina en
cualquiera de las sucursales de las siguientes entidades colaboradoras de la recaudación provincial: BBVA, Banco Santander, La Caixa, Caja Rural de Baena, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Cañete, Caja Rural de Adamuz, Caja Rural de N. Carteya, Cajasur y Unicaja.
En caso de pérdida o extravío del abonaré podrá obtener un duplicado del mismo en cualquier oficina del Organismo en la provincia o, en su defecto, en el propio Ayuntamiento.
-Servicio de atención telefónica:
957498283
Córdoba, 16 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente por la Vicepresidenta del Organismo, Felisa Cañete Marzo.

Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Córdoba Núm. 3.142/2019
PROGRAMA XPANDE DIGITAL
Periodo 2014-2020
La Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Córdoba anuncia mediante la correspondiente Convocatoria Pública del Programa Xpande Digital, la apertura del plazo para la presentación de solicitudes de participación en la Fase de Asesoramiento y en la Fase de Ayudas del Programa Xpande Digital, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER de la Unión Europea.
Primero. Beneficiarios.
Pymes, micropymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Córdoba.
Segundo. Objeto.
El objeto de la convocatoria es la selección de empresas participantes en el Programa Xpande Digital. El Programa tiene como objetivo apoyar el posicionamiento on-line de las empresas participantes en un mercado objetivo concreto, a través de un asesoramiento personalizado conforme a una metodología moderna y sustentada en técnicas de inteligencia competitiva, que tiene como fin último ofrecer a la empresa un Plan de Acción de Marketing Digital en el mercado exterior objetivo. Asimismo, Xpande Digital ofrece a la empresa un conjunto de ayudas para desarrollar el Plan de Acción de Marketing Digital.
El Programa tiene una duración máxima de 9 meses Fase de Asesoramiento y Fase de Ayudas de 3 y 6 meses respectivamente.
Tercero. Convocatoria.
El texto completo de esta convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Comercio de Córdoba.
Además puede consultarse a través de la web www.camaracordoba.com Cuarto. Cuantía.
El presupuesto máximo de ejecución del programa en el marco de esta convocatoria es de 153.334,50 euros, dentro del "Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020".
Los recursos estimados por empresa previstos en la Fase de Asesoramiento son de 2.700 €, que serán aportados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER de la Unión Europea, la Cámara de España, la Cámara de Comercio de Córdoba y/o el Instituto Provincial de Desarrollo Económico de la Diputación de Córdoba IPRODECO.
Las empresas que participen en la Fase de Ayudas contarán con un presupuesto máximo elegible de 4.000 €, cofinanciado en un 70 % por los fondos FEDER y el resto por la empresa benefi-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Núm. 3.158/2019

Nº 179 p.4239

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha19/09/2019

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

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