Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 27/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 27 de Abril de 2018

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba Núm. 1.271/2018
Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba Procedimiento: Procedimiento ordinario: 34/2017. Negociado:
MC
De: D. María Lucía Ferrín Alejandre y D. María José Ramírez Cárdenas Contra: FOGASA y D. Inmaculada Estévez Vidal DON MANUEL MIGUEL GARCÍA SUÁREZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 34/2017, a instancia de la parte actora D. María Lucia Ferrin Alejandre y M Jose Ramírez Cardenas contra FOGASA y D. Inmaculada Estévez Vidal, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Fallo Estimando la demanda formulada por D. María Lucía Ferrín Alejandre contra la empresa demandada D. Inmaculada Estévez Vidal, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante la cantidad total de 12.659,10 euros con más los intereses moratorios en los términos recogidos en el FD
3º de esta resolución.
Estimando la demanda formulada por D. María José Ramírez Cárdenas contra la empresa demandada D. Inmaculada Estévez Vidal, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante la cantidad total de 6.659,85 euros con más los intereses moratorios en los términos recogidos en el FD
3º de esta resolución.
El Fogasa responderá de las cantidades adeudadas con los requisitos y dentro de los limites del artículo 33 del ET.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoles que no es firme porque contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación, que deberá anunciarse, ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en los artículos 194 y siguientes de la LRJS, recurso que será resuelto por la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Igualmente se advierte al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad 300 euros en la cuenta abierta en Banco Santander con nº1444/0000/65, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria citada, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por la misma suma.
Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada D. Inmaculada Estévez Vidal, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto,
sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 5 de abril de 2018. Firmado electrónicamente: El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Miguel García Suárez.

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba Núm. 1.270/2018
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 45/2018. Negociado: JP
De: D. Rafaela Gómez Sauces, D. Miguel Ángel Coca Tapia y D. María del Pilar Bellido Cañizares Contra: Trevenque S.C., D. María Marcela Montoya Priego y D. Ignacio Peinado González DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 45/2018, a instancia de la parte actora D. Rafaela Gómez Sauces, D. Miguel Ángel Coca Tapia y D. María del Pilar Bellido Cañizares contra Trevenque S.C., D. María Marcela Montoya Priego y D. Ignacio Peinado González, sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Auto de fecha 28.3.18, cuya parte dispositiva reza así:
S.S. Iltma. dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de los demandados Trevenque S.C., D. María Marcela Montoya Priego y D. Ignacio Peinado González, en cantidad suficiente a cubrir las siguientes sumas:
- María del Pilar Bellido Cañizares:
Indemnización: 22.181,60 €.
Salarios de tramitación: 2.976 €.
- Miguel Ángel Coca Tapia:
Indemnización: 34.502,02 €.
Salarios de tramitación: 5.950,80 €.
- Rafaela Gómez Sauces:
Indemnización: 27.125,50 €.
Salarios de tramitación: 5.950,80 €.
Todo lo cual suma 98.686,73 euros en concepto de principal, más 4.934,33 euros calculados para intereses, 9.868,67 euros presupuestados para costas y las costas del Fundamento de Derecho 6º de la sentencia, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de los ejecutados a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad. Estando en paradero desconocido la parte demandada, notifiquese en el BOP de Córdoba.
Así por este Auto lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D. Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe.
Asimismo recayó Decreto de la misma fecha, del siguiente tenor literal en su parte dispotiva:

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 81 p.1703

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 27/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha27/04/2018

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3539

Primera edición04/01/2010

Ultima edición14/05/2024

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