Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 6/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 06 de Abril de 2018

nido en este primer ejercicio de la fase de oposición una puntuación mínima de 5 puntos, el resto de aspirantes quedarán eliminados.
2º El Segundo ejercicio consistirá en una prueba práctica por escrito, y podrá consistir en uno o varios supuestos prácticos relacionados con las tareas propias del puesto y las materias de las previstas en el temario del anexo I, con una duración de una hora y una puntuación máxima de 10 puntos siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos para superar la prueba.
Las pruebas se elaborarán por el Tribunal Calificador con carácter previo a la realización de los ejercicios, garantizándose la confidencialidad y el secreto de los mismos.
Séptimo. Calificación La puntuación de los aspirantes será la resultante de sumar la puntuación obtenida en el primer ejercicio, más la puntuación obtenida en el segundo ejercicio, teniendo en cuenta que los ejercicios son eliminatorios si no se obtiene una puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de ellos.
Octavo. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento Una vez terminada la calificación el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios físico y electrónico del Ayuntamiento y, precisándose que el número de propuestos no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde la publicación de la relación de aprobados en el Tablón de Anuncios Digital del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. La Resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía en su condición de jefatura directa del personal, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de Anuncios Digital de la Corporación. Una vez publicado el nombramiento, se deberá proceder a la toma de posesión por los nombrados dentro del plazo de un mes a partir de dicha publicación.
Si el candidato que haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición no cumpliere los requisitos exigidos para el acceso al régimen funcionarial, se incumplieren los plazos de acreditación o formulara renuncia dentro del plazo de tres meses desde la toma de posesión, se procederá a requerir al siguiente candidato con mayor puntuación para la acreditación de los requisitos en plazo y consiguiente nombramiento.
Noveno. Incidencia Las presentes bases y su convocatoria, podrán ser impugnados de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados Recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o bien Recurso Contencioso-

Administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en la Comunidad Autónoma de Andalucía, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.
ANEXO I
TEMARIO
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales.
Tema 2. El ordenamiento jurídico administrativo. El derecho comunitario. La constitución. La Ley: Sus clases. Los Tratados Internacionales. El reglamento: Concepto y clases. La potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración. Límites. El control de la potestad reglamentaria.
Tema 3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tema 4. Los interesados en el procedimiento administrativo. El ciudadano y la Administración: derechos y deberes de los ciudadanos. Derechos de acceso a archivos y registros. Colaboración y comparecencia de los ciudadanos.
Tema 5. Régimen Jurídico del personal funcionario de las Entidades Locales: Derechos, deberes, régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Derechos económicos. Seguridad Social.
Incompatibilidades.
Tema 6. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases.
La eficacia de los actos administrativos: La notificación: Contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación.
Tema 7. El procedimiento Administrativo. Fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. El silencio administrativo. La ejecución de los actos administrativos.
Tema 8. Especialidades del procedimiento administrativo local.
El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificación. Certificación.
Tema 9. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: Recursos administrativos. Principios generales y clases. Actos susceptibles de recurso administrativo.
Tema 10. Revisión de oficio. Declaración de lesividad. Revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.
Tema 11. El Régimen General de las elecciones locales.
Tema 12. El municipio: Concepto y elementos. Las competencias municipales.
Tema 13. Organización municipal en los municipios. Órganos colegiados y órganos unipersonales. El Pleno, el Alcalde, la Jun-

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Nº 66 p.1383

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 6/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha06/04/2018

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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