Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 29/1/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 09 - 29/01/2021

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

DECRETOS
PUBLICACION ADELANTADA
Decreto G.J. y D.H. N 149
DELEGASE EL EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO DE LA PROVINCIA, ALSEÑOR VICE GOBERNADOR ING. CIVIL
RUBÉN ROBERTO DUSSO
San Fernando del Valle de Catamarca, 25 de Enero de 2021.
VISTO:
La misión oficial que el suscripto debe cumplir fuera del territorio provincial; y CONSIDERANDO:
Que por tal motivo corresponde delegar el ejercicio del Poder Ejecutivo de la Provincia, al Vice Gobernador.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE CATAMARCA
DECRETA
ARTÍCULO 1º. - Delégase el ejercicio del Poder Ejecutivo de la Provincia, al Señor Vice Gobernador Ing.
Civil Rubén Roberto DUSSO.
ARTÍCULO 2º. - El Escribano Mayor de Gobierno labrará el Acta correspondiente.

Pág. 421

Decreto S. - Seg. N 150
PRORROGASE LA VIGENCIA DEL DECRETO S.
SEG. Nº 99/2021 POR UN PLAZO DE QUINCE
15 DÍAS A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS
DEL DÍA 27 DE ENERO DE 2021

San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de Enero de 2021.

VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N 1030 de fecha 20 de Diciembre de 2020; el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 04 de fecha 08 de Enero de 2021;
el Decreto S.- Seg. N 1854 de fecha 14 de Octubre de 2020, el Decreto S. Seg. Nº 99 de fecha 11 de enero de 2021 y la situación epidemiológica nacional, regional y local; y CONSIDERANDO:
Que el brote de nuevo coronavirus fue declarado como una pandemia por la Organización Mundial de la Salud O.M.S, lo que motivó que el Presidente de la Nación en acuerdo de Ministros disponga la emergencia pública en materia sanitaria mediante el D.N.U. N 260/
2020 y sus modificatorios, estableciendo las diversas medidas de contención del virus.
Que en virtud del avance veloz de contagios de COVID-19 en todo el mundo y con el objetivo de mitigar y disminuir la propagación del mismo en nuestro país, y en pos de garantizar y salvaguardar la salud pública, mediante el D.N.U N 297/2020 se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio, el que fue prorrogado por sucesivos decretos posteriores.

Lic. RAUL A. JALIL
Gobernador de Catamarca
Que mediante el D.N.U. N 1030/2020 el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio y de aislamiento social, preventivo y obligatorio, según el caso, desde el día 20 de Diciembre de 2020 hasta el día 31 de Enero de 2021 inclusive.

Dr. Jorge Manuel Moreno Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
Que mediante Decreto del P.E.N. N 04 de fecha 08
de Enero de 2021 se estableció que Observando la dinámica de la transmisión de los nuevos contagios del
ARTÍCULO 3º. - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 29/1/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaísArgentina

Fecha29/01/2021

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1388

Primera edición01/12/2006

Ultima edición23/04/2021

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2021>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31