Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 28/6/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 1928 - 28/06/2019

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

Que es necesario modificar la fecha de vencimiento establecida en la Resolución General N 070/2018, adaptándola
Núm. 52

en los términos del Art. 26º Código Tributario Ley Nº 5022 y sus modificatorias.

a la nueva Resolución General C.A. N 03/2019;
Que mediante Nota AGRYP N 117/19 iniciada por la Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las
División Agente de Retención y Percepción dependiente del
facultades otorgadas por el Artículo 16º del Código Tributario

Departamento Ingresos Brutos, y ratificada por la Sra. Directora
Ley Nº 5022 y sus modificatorias.

de Recaudación en Nota DR N 032/2019 de esta Administración General de Rentas se propone con el debido análisis y fundamentación, la nominación como Agente de Retención del
Por ello,
Impuesto Sobre los Ingresos Brutos al Contribuyente ALTA
LA ADMINISTRADORA GENERAL DE RENTAS

SALUD S.R.L., CUIT N 30-71579639-9, Ingresos Brutos
RESUELVE:

Régimen Local N 94461, que opera con sujetos alcanzados por el mencionado tributo.

ARTÍCULO 1 - Prorrogar hasta el 28 de Junio del corriente año, el vencimiento para la presentación anual de la Declaración Jurada Formulario CM05-, para los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, por las razones expuestas en los considerandos del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

Que la proposición reviste interés fiscal para facilitar el control de las operaciones formalizadas entre las partes contratantes, como uno de los principios rectores instituidos para el Régimen de Agentes de Retención y/o Percepción del impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
Que la Administración General de Rentas como Autoridad de Aplicación del Régimen de Agentes de Retención y Percepción, dictó la Resolución General Nº 062/12 y su modificatoria Resolución General N 044/18, a la cual deberán ajustarse los sujetos comprendidos dicha norma.

C.P.N. Susana del Valle Varas Administradora General de Rentas
Que la suscripta es competente para dictar normas generales obligatorias conforme los prescribe el Artículo 16 del
RES 3155 - 28/VI/2019 - U.P.

Código Tributario -Ley N 5.022 y sus modificatorias.
Por ello,
Resolución General Nº 36
LA ADMINISTRADORA GENERAL DE RENTAS
San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Mayo de
RESUELVE:

2019.
ARTÍCULO 1 - Nominar como Agente de Retención del VISTO:

Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, al Contribuyente ALTA

El Artículo 163 del Código Tributario Ley N 5022 y su
SALUD S.R.L., CUIT N 30-71579639-9, Ingresos Brutos
modificatorias, el cual establece la obligación de toda persona
Régimen Local N 94461 por las razones expresadas en los
o entidad que abone sumas de dinero o intervenga en el ejercicio
considerandos del presente instrumento legal.

de una actividad gravada, de actuar como agente de retenciónpercepción y/o recaudación en las condiciones que establezca el Organismo Fiscal, y CONSIDERANDO:
Que la Administración General de Rentas se encuentra
ARTÍCULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
C.P.N. Susana del Valle Varas Administradora General de Rentas
facultada para nominar a los sujetos que resulten obligados a actuar como Agentes de Retención y/o de Percepción de tributos,
RES 3156 - 28/VI/2019 - U.P.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 28/6/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaísArgentina

Fecha28/06/2019

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones1388

Primera edición01/12/2006

Ultima edición23/04/2021

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