Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 27/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0017

Lunes, 27 de enero de 2020

resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
PROVIDENCIA LA ILMA SRA MAGISTRADOA JUEZ D. CARMEN JULITA NAVARRO
ESTEVEZ
En PLASENCIA, a trece de noviembre de dos mil diecinueve.
Dada cuenta; a tenor de lo dispuesto en el artículo 81.4 de la L.J.S. y sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y en su caso, será admitida en el acto de juicio, se acuerda:
A Cítese para el interrogatorio de parte al representante legal de las empresas demandadas para el acto de juicio señalado con los apercibimientos legales contenidos en el artículo 91 del mismo cuerpo legal, así como los contenidos en el artículo 304 de la L.E.C., para el caso de incomparecencia.
B Requiérase a las empresas demandadas a fin de que aporten con al menos DIEZ
DIAS de antelación al señalado para el acto del juicio de los siguientes documentos:
1.- Los contratos efectuados con el actor.
2.- Certificado de empresa.
3.- Nóminas del trabajador incluida la de saldo, liquidación y Finiquito de la última anualidad.

Pág. 1077

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que
CVE: BOP-2020-302

4.- Recibos y resguardos de trasferencias realizadas al trabajador, de la nómina de liquidación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 27/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha27/01/2020

Nro. de páginas156

Nro. de ediciones5436

Primera edición02/01/2002

Ultima edición30/05/2024

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