Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 18/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0220

Lunes, 18 de noviembre de 2019

en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el alta simultánea en otros Regímenes de la Seguridad Social durante los doce meses de mantenimiento del empleo.
Anexo VI. Declaración responsable sobre la obtención de otras ayudas previa al pago.

Artículo 18. Incumplimiento de las condiciones y de las obligaciones.
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente convocatoria, en la resolución de concesión, así como en el caso de que los contratos formalizados o la actividad empresarial y/o profesional no reúnan los requisitos establecidos de esta convocatoria, dará lugar a la revocación de la ayuda concedida.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en el artículo 17 de la presente convocatoria, dará lugar a la revocación y el reintegro, en su caso, de la ayuda concedida.
El incumplimiento de la obligación de mantener el nivel de empleo establecido en el artículo 7
de este documento, dará lugar a la revocación de la ayuda concedida.
El incumplimiento de la obligación de mantenimiento de la contratación o de la actividad empresarial y/o profesional durante el periodo establecido en los artículos 4 y 7 de la presente convocatoria dará lugar al reintegro de la ayuda concedida en el caso de que ésta haya sido pagada antes de haber transcurrido el período de mantenimiento del empleo y de no haber realizado la justificación.

En todo caso, ante posibles incumplimientos, se tendrá en cuenta lo dispuesto el artículo 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En cumplimiento de lo previsto en el apartado 1 del Anexo XII, del Reglamento CE Nº 1303/2013 del Parlamento y del Consejo, de 13 de diciembre de 2013, mediante la presente Convocatoria, se informa a todos los beneficiarios potenciales que los datos relativos a su identidad denominación social, CIF y otros datos que figuren en la solicitud de quienes sean seleccionados como beneficiarios, nombre de las operaciones en que participe y cantidad de
Pág. 17632

CVE: BOP-2019-5050

Artículo 19. Información y comunicación.

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
En el caso de que la Cámara de Comercio, una vez resuelta la concesión y pagada la ayuda, tenga conocimiento del incumplimiento del mantenimiento del empleo deberá iniciar el procedimiento de reintegro de la ayuda si la empresa no hubiere devuelto la ayuda voluntariamente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 18/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha18/11/2019

Nro. de páginas219

Nro. de ediciones5432

Primera edición02/01/2002

Ultima edición24/05/2024

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