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Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 7/11/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0213
Jueves, 7 de noviembre de 2019
Sección III - Administración del Estado Ministerio de Fomento Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda EDICTO. Proyecto Constructivo de Enlace y Montaje de Vía para el Tramo Navalmoral de la Mata-Casatejada Cáceres Línea de Alta Velocidad MadridExtremadura.
Resolución de la Secretaría General de Infraestructuras por la que se abre Información Pública correspondiente al Expediente de Expropiación Forzosa 032ADIF1918 motivado por las obras del Proyecto Constructivo de Enlace y Montaje de Vía para el Tramo Navalmoral de la MataCasatejada Cáceres Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura, en los términos municipales de Talayuela y Navalmoral de la Mata Cáceres.
ADIF-Alta Velocidad, el 17 de octubre de 2019 insta la incoación del expediente de expropiación forzosa para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del Proyecto de referencia, aprobado el 29 de enero de 2019.
Se podrá consultar el Anejo de Expropiaciones en los locales del Ministerio de Fomento, Secretaría General de Infraestructuras, División de Expropiaciones Ferroviarias, Paseo de la Castellana, 67; en ADIF-Alta Velocidad, Avda. Pío XII, 110 Caracola, n.º 18; en los respectivos Ayuntamientos y Subdelegaciones o Delegaciones del Gobierno afectados.
Además, podrá consultarse el Anejo de Expropiaciones vía web en el apartado de Buen
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CVE: BOP-2019-4891
En su virtud, esta Secretaría General de Infraestructuras ha resuelto abrir información pública durante un plazo de 15 quince días hábiles, contados en la forma dispuesta en el artículo 17
del Reglamento de 26 de abril de 1957, para que los/as titulares de los bienes y derechos afectados y todas las demás personas o entidades interesadas, puedan formular por escrito ante este Departamento las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 de su Reglamento de desarrollo.
Verificable en: http bop.dip-caceres.es
Dicha aprobación conlleva la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación de los bienes afectados y la declaración de urgencia de la misma Ley 38/2015, de 29 de septiembre del Sector Ferroviario, siendo por tanto de aplicación los preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes del Reglamento de 26 de abril de 1957.