Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 21/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0201

Lunes, 21 de octubre de 2019

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así lo acuerda y firma S.S. Doy fe.
LA MAGISTRADA-JUEZA - LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Letrada de la Administración de Justicia D. MARIA AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS.
En PLASENCIA a nueve de octubre de dos mil diecinueve.
PARTE DISPOSITIVA

Pág. 16365

CVE: BOP-2019-4648

DECRETO

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N.º 3 abierta en BANESTO, cuenta n.º 3142/0000/ debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 SocialReposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 21/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha21/10/2019

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones5432

Primera edición02/01/2002

Ultima edición24/05/2024

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