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Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 17/10/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0199
Jueves, 17 de octubre de 2019
cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DECRETO
Letrada de la Administración de Justicia D. MARIA AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS.
En PLASENCIA, a tres de septiembre de dos mil diecinueve.
HECHOS
PRIMERO.- En estos autos se sigue ejecución contra el deudor por un importe que, actualmente, asciende a 7.487,39 euros de principal, y 1.497,47 euros de intereses y costas provisionales, de la que es/son acreedor/es, entre otros, la/s persona/s que se indica/n en el hecho siguiente y por la cuantía que para cada una de ellas se recoge en la columna "Principal Pendiente".
SEGUNDO.- El Fondo de Garantía Salarial ha solicitado subrogarse totalmente en ese crédito, aportando justificación suficiente que acredita el pago a dicho/s acreedor/es de la/s cantidad/es que se recogen en la columna "Abono FGS":
Acreedor Ppal.pendiente Abono FGS
PRIMERO.- La obligación que tiene el Fondo de Garantía Salarial de hacer pago a los trabajadores de los salarios e indemnizaciones que éstos tengan pendientes de abono por sus empresarios, cuando éstos son declarados insolventes en el pago de esa deuda o con carácter general Art. 33-1º y 2º del Estatuto de los Trabajadores, así como de satisfacer las indemnizaciones derivadas de la extinción del contrato de trabajo que obedezca a razones de fuerza mayor, cuando así lo declara la Autoridad Laboral Art. 51-12 de dicha norma, lleva consigo que, con su cumplimiento, nazca su derecho a resarcirse frente al empresario deudor,
Pág. 16229
CVE: BOP-2019-4604
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
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MARIA ESTHER MARTIN DIAZ 7.487,39 EUROS 6.199,20 EUROS