Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 28/1/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

Página 2

Lunes 28 enero 2002 - N.º 19
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES

INSTITUTO NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION PROVINCIAL DE CACERES
EDICTO
Por el presente, y de conformidad con lo establecida en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, se pone en conocimiento de la empresa MICERSA, S.L., con número de C.C.C. 10/1001396/49 que, por resolución de esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Cáceres de fecha 7-1-2002. recaída sobre expediente de incapacidad permanente núm.
1996/504542, es declarada responsable de sufragar el incremento del 20% de la pensión de incapacidad permanente total que ha sido reconocido al que fue trabajador de dicha empresa D. Pedro Sánchez Rojo.
Todo ello tras constatarse por esta entidad que por parte de dicha empresa se incumplía respecto de sus trabajadores de la obligación de cotización, por lo que resulta aplicable la imputación de responsabilidad establecida en el artículo 126.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
Contra esta resolución, en caso de no estar conforme, podrá Vd. interponer reclamación previa a la vía judicial ante esta Dirección Provincial en un plazo de 30 días computados a partir del siguiente a su publicación, tal y como establece el art. 11 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril.

M I E R C O L E S

Cáceres a 14 de enero de 2002.- El Director Provincial, Federico Pérez Piñar.
314

JUZGADO DE LO SOCIAL - 1
CACERES
N.º autos: Dem. 683/2001.
N.º ejecución: 71/2001.
Materia: Despido.
Cáceres a quince de enero de dos mil dos.
D. ANTONIO RISCO MORENO, SECRETARIO DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO UNO DE
CACERES.
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en este Juzgado se tramitan los autos arriba indicados, seguidos a instancias de D. FRANCISCA GALAN MANZANO Y OTRA
frente a CONFECCIONES TORREORGAZ, S.L., sobre despido, en los cuales se ha dictado y aparece del tenor literal el siguiente AUTO.- En Cáceres a quince de enero de dos mil dos.

B.O. DE CACERES
HECHOS

1.- En el presente procedimiento, seguido entre las partes, de una como demandantes D. FRANCISCA GALAN MANZANO y RAFAELA MANZANO
MERIDEÑO, y de otra como demandada CONFECCIONES TORREORGAZ, S.L., se dictó resolución despachando ejecución respecto de la actora Sra. Galán Manzano en fecha 17 de agosto de 2001, para cubrir un total de 453.255 ptas. de principal, más 100.000 ptas.
de intereses y costas.
2.- Mediante auto de fecha 15 de octubre de 2001
se acuerda acumular a la anterior la ejecución n. 0 7.901
del Juzgado de lo Social n.º 2 de esta capital, instada por la actora D. Rafaela Manzano Merideño, por la suma de 453.255 ptas. de principal, dictándose resolución en fecha 12-11-2001, de ampliación de ejecución, reclamándose en total la cantidad de 906.510
ptas. de principal, más la suma de 200.000 ptas.
calculadas provisionalmente por este Juzgado para intereses, gastos y costas.
3.- Que habiéndose practicado las diligencias oportunas, han dado como resultado la carencia de bienes propiedad de la parte ejecutada.
4.- Que se ha dado traslado al Fondo de Garantía Salarial por término de QUINCE DIAS, sin que por el mismo se hayan designado bienes embargables, habiéndose personado en autos, reservándose las acciones oportunas.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
UNICO.- Que de lo actuado se evidencia la carencia de bienes embargables propiedad del demandado, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procede declarar la insolvencia del ejecutado, sin perjuicio de que viniera a mejor fortuna.
PARTE DISPOSITIVA
Vistos los preceptos anteriores y demás de legal aplicación al caso, se declara insolvente a CONFECCIONES TORREORGAZ, S.L., para el pago de las cantidades que se indican en los hechos de esta resolución, sin perjuicio de la facultad que tiene el Fondo de Garantía Salarial para instar la continuación de la ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de CINCO DIAS HABILES siguientes al de su notificación, y una vez firme, procédase al ARCHIVO de las actuaciones.
Así lo acuerda, manda y firma, S.S. Iltma., doy fe.EL MAGISTRADO D. MARIANO MECERREYES
JIMENEZ.- ANTONIO RISCO.- Rubricados.
Y para que así conste y sirva de NOTIFICACION en legal forma a las partes, expido el presente en Cáceres a quince de enero de dos mil dos.- El Secretario, Antonio Risco Moreno.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 28/1/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha28/01/2002

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones5418

Primera edición02/01/2002

Ultima edición06/05/2024

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