Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 24/1/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

B.O. DE CACERES

Martes 7 mayo 2002 - N.º 85

HECHOS
PRIMERO: Que por LORENZA JIMENEZ ESCALANTE como demandante, se ha presentado demanda ejecutiva contra FRANCISCO POLO MERINO, en la que consta:
Sentencia "IN VOCE" de fecha 29 de enero de 2002, dictada en los autos 642/01, condenando al demandado a que pague a la trabajadora 2.318,34 euros, cantidad que se incrementará con otros 232 euros por el concepto de mora del art. 39 de la E.T. Imponiendo sobre el condenado el pago de una sanción por temeridad de 600 euros, debiendo pagar además los honorarios del abogado de la trabajadora, absolviendo al FOGASA rebus sic stantibus.
SEGUNDO: El citado título ha ganado firmeza sin que conste que la/s demanda/s haya satisfecho el importe de la cantidad líquida y determinada que en cuantía de 2.550,34 euros de principal más 769,30
euros de costas e intereses solicita la parte ejecutante en escrito de fecha 4 de abril de 2002.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO.- El ejercicio de la potestad jurisdiccional juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados en las Leyes y en los Tratados Internacionales Art. 117 de la C.E. y 2 de la L.O.P.J..
SEGUNDO.- Por lo que reuniendo los requisitos establecidos en el art. 549.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil procede admitir a trámite la demanda ejecutiva, registrándola en el libro de los de su clase y formando los oportunos autos.
TERCERO.- La ejecución del título habido en este procedimiento, sea Sentencia o Acto de Conciliación Arts. 68 y 84.4 de la L.P.L. se iniciará a instancia de parte y una vez iniciada la misma se tramitará de oficio, dictándose al efecto las resoluciones y diligencias necesarias Art. 237 L.P.L.

Página 7

Se acuerda DESPACHAR LA EJECUCION solicitada por D. LORENZA JIMENEZ ESCALANTE, contra FRANCISCO POLO MERINO, por un importe de 2.550,34 euros de principal, 765 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente y sin perjuicio de posterior liquidación y tasación y otros 600 euros en concepto de sanción impuesta.
Procédase al EMBARGO DE BIENES propiedad del ejecutado, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades antes referidas.
De proceder al abono de las cantidades indicadas, ingrésense en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la oficina principal del B.B.V. de esta ciudad, cuenta núm. 11440000-64-636/02
Asimismo, ofíciese al Ayuntamiento de CACERES y al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantil de España -Servicio de Indices-, para que informen sobre los bienes por los que la parte ejecutada cotiza a la Hacienda Municipal y sobre los Registros del Territorio Nacional, donde pueda tener bienes inscritos a su nombre.
Igualmente, ofíciese al Iltmo. Sr. Magistrado-Juez Decano de esta ciudad, para que requieran información sobre los bienes de la ejecutada, a la Agencia Tributaria de esta capital.
Notifíquese la presente resolución a la parte actora por correo certificado con acuse de recibo y a la empresa demandada mediante edicto que se publicará en el B.O. de Cáceres y tablón de anuncios de este Juzgado.
MODO DE IMPUGNARLA: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda.
Así lo acuerda, manda y firma S. S. I.. Doy fe.
EL MAGISTRADO.- EL SECRETARIO

CUARTO.- Que el título reúne los presupuestos y requisitos procesales exigidos por el art. 551 de la L.E.C., toda vez que no adolece de irregularidad formal, siendo los actos de ejecución que se solicitan conformes con su naturaleza y contenido, tratándose de cantidad de dinero líquida como exigen los arts. 571 y 575 de la propia Ley, procede despachar ejecución en los términos que se dirán en la parte dispositiva.
En atención a lo expuesto, DISPONGO
Formar los oportunos autos registrándolos en el libro de demanda y ejecuciones.

Y para que le sirva de NOTIFICACION EN LEGAL
FORMA a FRANCISCO POLO MERINO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Cáceres a cinco de abril de dos mil dos.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.- El Secretario Judicial, Antonio Risco Moreno.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 24/1/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha24/01/2002

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones5414

Primera edición02/01/2002

Ultima edición29/04/2024

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