Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 15/1/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

Página 14

B.O. DE CACERES

3.- Calificación final.- La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y, en su caso, concurso.
NOVENA.- RELACION DE APROBADOS Y PRESENTACION DE DOCUMENTOS.- Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación y elevará dicha relación al órgano competente de la Corporación para que proceda al nombramiento y formalización del correspondiente contrato. No podrán resultar aprobados más aspirantes que las plazas ofertadas.
Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días naturales siguientes al de dicha publicación, los documentos acreditativos de los requisitos que para tomar parte en el concurso-oposición se exigen en la base segunda de la convocatoria. Si el aspirante propuesto no aportara la documentación o no reuniera alguno de los requisitos exigidos quedará anulada toda la actuación del Tribunal.
DECIMA.- FORMALIZACION DEL CONTRATO.- Aportada la documentación indicada se procederá a la formalización del correspondiente contrato con sujeción a la legislación laboral vigente, estableciéndose en el mismo una cláusula determinando un período de prueba de quince días. El contrato se suscribirá por un año, con posibilidad de prorrogarse hasta el máximo legalmente previsto si así lo considera este Ayuntamiento.
UNDECIMA.- INCIDENCIAS.- Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las resoluciones, criterios y medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la presente convocatoria, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto, Legislativo 781/
1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y demás normas concordantes de general aplicación.
Hervás, 28 de diciembre de 2001.- El Alcalde, ilegible.
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15 enero 2002 - Número 10
ARROYOMOLINOS DE LA VERA

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA PROVISION DE UNA PLAZA DE TECNICO DEPORTIVO
MEDIANTE CONTRATO LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS, CONVENIADO
CON LOS AYUNTAMIENTOS DE ALCUESCAR Y
TORRE DE SANTA MARIA.
1.- OBJETO: Es objeto de la presente convocatoria la adjudicación mediante el sistema de concurso de UNA plaza de Técnico Deportivo mediante contrato laboral para el Ayuntamiento de Arroyomolinos, conveniado con los Ayuntamientos de Alcuéscar y Torre de Santa María.
La contratación se realizará del 1 de febrero de 2002
al 31 de diciembre de 2004, mediante la modalidad de contrato de trabajo de duración determinada hasta el final de la subvención. La jornada de trabajo será de 35
horas semanales, distribuidas de la siguiente forma:
18 horas semanales en el Ayuntamiento de Alcuéscar, 12 horas semanales en el Ayuntamiento de Arroyomolinos y 5 horas semanales en el Ayuntamiento de Torre de Santa María, ascendiendo el importe de los costes laborales a 15.145,51 euros por año.
2.- REQUISITOS: Para poder ser admitidos a este proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, a la fecha de terminación del plazo de solicitudes, todos y cada uno de los requisitos siguientes:
a.- Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.
b.- Estar en posesión del título de Licenciado en Educación Física, Maestro especialista en Educación Física y/o técnicos superiores en Animación de Actividades Físicas y Deportivas. También podrán acceder, con carácter excepcional, los Técnicos superiores federativos que estuviesen contratados en el Programa de Dinamización Deportivo Municipal que se ha desarrollado en el trienio 1998/2001.
c.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d.- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto.
e.- Los nacionales de los demás Estados a que hace referencia el apartado a, deberán acreditar, además de su nacionalidad y de los requisitos a que hacen referencia los apartados anteriores, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. Dicha certificación se efectuará mediante certificados expedidos por las autoridades competentes de sus países de origen.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 15/1/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha15/01/2002

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones5431

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/05/2024

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