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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 3/4/2024
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
3 Abril 2024
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 64
M
SECCIÓN QUINTA. SISTEMA LOCAL VIARIO
Artículo 34. Ámbito de aplicación Las presentes Normas Urbanísticas resultan de aplicación a los terrenos incluidos en el Sector, delimitadas en el Plano de Ordenación como Sistema Local Viario.
Artículo 35. Condiciones de uso y ordenación Las dimensiones y trazado de la red viaria se ajustarán a las previsiones de la ordenación pormenorizada. Para aquellos aspectos no regulados en la ordenación pormenorizada se seguirán las condiciones de ordenación que la normativa del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Villanúa establece para la Red Viaria.
En el Proyecto de Urbanización se diseñarán las plazas de aparcamiento en el viario, en número no inferior a las estipuladas en la ordenación pormenorizada de las que, el número que marca la normativa vigente se reservarán a minusválidos. Desde este sistema viario se puede acceder de forma rodada en cualquier punto a las manzanas dependiendo del correspondiente proyecto de edificación.
Los terrenos correspondientes a esta zonificación son de dominio y uso público y de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de Villanúa.
Artículo 36. Condiciones estéticas Sus condiciones se regularán por la normativa que el Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Villanúa.
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