Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 7/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

7 Diciembre 2023

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 232

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE BROTO
6446

ANUNCIO

APROBACIÓN INICIAL DEL PLAN GENERAL SIMPLIFICADO DE BROTO
El Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de noviembre de 2023, aprobó inicialmente el Plan General Simplificado de Broto, cuyos acuerdos se transcriben a continuación:
PRIMERO. Aprobar inicialmente por mayoría absoluta el Plan General Simplificado de Broto.
SEGUNDO. Solicitar informe a los organismos afectados por razón de sus competencias sectoriales, remitiéndoles para ello el expediente completo.
TERCERO. Someter el expediente a información pública, por plazo de tres meses aprobado por mayoría simple-, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 48.3 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, y 16.1 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental del Aragón mediante edicto a publicar en la sección provincial correspondiente del Boletín Oficial de Aragón, según dispone la disposición adicional quinta del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, así como en el Diario del Alto Aragón para que puedan presentarse alegaciones por cualquier interesado.
Los documentos que integran el Plan General Simplificado podrán ser examinados en las dependencias municipales así como en la sede electrónica del Ayuntamiento.
CUARTO. Someter los documentos que integran el Plan General Simplificado a las consultas indicadas en el documento de alcance del Estudio Ambiental Estratégico elaborado por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
QUINTO. Finalizado el periodo de información pública y consultas, recabar del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la elaboración de la Declaración Ambiental Estratégica conforme a lo establecido en la legislación autonómica de evaluación ambiental.
SEXTO. Concluido el periodo de información pública, recabar consulta al Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca respecto a la existencia o no de motivos de denegación de la aprobación definitiva o defectos en el procedimiento que impliquen la imposibilidad de su continuación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.5 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón.
SÉPTIMO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.2 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, el acuerdo de aprobación inicial adoptado determina la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en la totalidad del municipio, salvo que los proyectos afectados cumplan simultáneamente las normas subsidiarias municipales en vigor y el Plan General Simplificado aprobado inicialmente.
La suspensión de licencias tendrá una duración máxima de dos años desde la fecha de publicación del presente acuerdo.
14876

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 7/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha07/12/2023

Nro. de páginas53

Nro. de ediciones4951

Primera edición02/01/2004

Ultima edición07/06/2024

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