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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 24/10/2023
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
24 Octubre 2023
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 202
148252-1-ACTA ACUERDO CALENDARIO DERIVADOS DEL CEMENTO
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA
LA ACTIVIDAD DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA PROVINCIA DE HUESCA, DE 16
DE OCTUBRE DE 2023.
ASISTENTES:
POR LA REPRESENTACION EMPRESARIAL
D. ANA PORTA BARRACA
D. MANUELA PASTOR RANCHAL
ASESOR: D. FRANCISCO DE ASIS BERNAD ALEJOS-PITA
POR EL SINDICATO CC.OO. DEL HÁBITAT
D. MARIANO ÁLVAREZ PINA
POR EL SINDICATO U.G.T. FICA
D. JARA LÓPEZ FERNÁNDEZ
En la ciudad de Huesca, en los locales de la Federación de Asociaciones de la Construcción de la provincia de Huesca, sitos en la Plaza Luis López Allué n 3, 3º, siendo las diez treinta horas del día dieciséis de octubre de dos mil veintitrés, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo en la Industria de la actividad de Derivados del Cemento de la Provincia de Huesca, compuesta por las personas arriba reseñadas, que comparecen en su calidad de representantes de la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE LA CONSTRUCCIÓN
DE LA PROVINCIA DE HUESCA y de los trabajadores representados por UGT FICA y CC.OO. DEL HÁBITAT, actuando en funciones de Secretaria Dña. Manuela Pastor Ranchal.
Abierta la sesión, ambas partes se reconocen representatividad y legitimación suficientes para que los acuerdos que se adopten tengan eficacia general dentro del ámbito de aplicación del Convenio. Con ese objeto, declaran válidamente constituida la comisión paritaria y adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:
1º.- Aprobar inicialmente el calendario provincial para el año 2024.
Para todos aquellos centros de trabajo en los que no se elabore un calendario propio, durante el año 2024 a los efectos de alcanzar en cómputo anual la jornada efectiva pactada, se proponen como festivos los días 2,3,4 y 5 de enero, 1 de abril y 23,24,26,27, 30 y 31 de diciembre.
Además, serán festivos los dos días señalados como fiestas locales por el Ayuntamiento de la localidad donde cada empresa tenga su domicilio social, que deberán coincidir necesariamente con un día laborable.
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