Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 17/2/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

B. O. P. HU.- N.º 31

17 febrero 2004

391
643

RECAUDACIÓN
ANUNCIO

OFICINA DE HUESCA
642

ANUNCIO
LA RECAUDADORA DE TRIBUTOS LOCALES DE LA OFICINA DE
HUESCA.
HAGO SABER: Que en los expediente s administrativos de de apremio que se instruye en esta Recaudación de mi cargo a los deudores que luego se detallan, se dictó en su momento, la siguiente:
DILIGENCIA: Tramitándose en esta Oficina de Tributos Locales de mi cargo expediente administrativo de apremio a los deudores que a continuación se expresan y ordenado por providencia de fecha ver relación el embargo de sus bienes de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 131 de la Ley General Tributaria y 110 y siguientes del Reglamento General de Recaudación. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que a continuación se detallan por las deudas que igualmente se indican Ver relación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 124-2 del Reglamento General de Recaudación, notifíquese al deudor y en su caso al cónyuge y a los terceros poseedores y acreedores hipotecarios, cuando sean conocidos, requiriéndoles al propio tiempo la entrega de los títulos de propiedad. Expídase mandamiento al Sr.
Registrador del Partido, según previene el Art. 125 de dicho Texto Legal, interesando además que se libre certificación de las cargas que figuran en el Registro sobre cada finca, con expresión detallada de los mismos y de sus titulares y domicilios, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes como disponen los Art.
139 y siguientes con remisión del expediente a la Tesorería para que dicte, en su momento, acuerdo de enajenación mediante subasta pública.
La relación aludida anteriormente es la que sigue:
EXP. Nº 0692/03/FE.
DEUDOR DNI/NIF: B50371228.
EXP. Nº:0692/03/FE.
NOMBRE : ARAGONESA DE EQUIPAMIENTOS DIDÁCTICO.
Fecha provid. embargo :07-03-2001.
FINCA/S EMBARGADA/S:
1 .- NATURALEZA DE LA FINCA: Urbana.
TERMINO MUNICIPAL: HUESCA
DERECHOS DEL DEUDOR : PLENO DOMINIO.
SITUACIÓN Y DESCRIPCIÓN:
Local comercial en planta baja. Señalado con el número uno. Tiene una superficie aproximada de ciento un metros, diez decímetros cuadrados construidos, y noventa y ocho metros, cincuenta decímetros cuadrados útiles. ANEJO: un altillo con una superficie aproximada de sesenta y cinco metros, cincuenta decímetros cuadrados construidos, y sesenta y tres metros, cincuenta decímetros cuadrados útiles. Forma parte en régimen de propiedad horizontal de una casa sita en Huesca, en calle de Cavia, números 3, 5 y 7, que consta de tres escaleras de acceso la primera por el número 3, la segunda por el número 5 y la tercera por el número 7
Tomo: 1833, Libro: 365, Folio: 2, Finca: 31287
IMPORTE DE LA DEUDA:
CUOTAS 249.45
RECARGOS 43.32
INTERESES DE DEMORA 50.76
COSTAS 303.49
TOTAL 647.02
CONCEPTOS DE LA DEUDA:
- Vehíc. tracc. Mecánica Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor del EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE HUESCA.
Y no encontrándose el deudor en su domicilio habitual, resultando actualmente en paradero desconocido o habiendo rehusado la recepción de la notificación; se hace público, conforme a lo establecido en el Artículo 105.6 de la Ley General Tributaria, debiéndose tener por notificados los deudores, sus cónyuges, acreedores hipotecarios y los terceros poseedores, mediante el presente anuncio con plena virtualidad legal, a los que se les invita para que designen perito tasador dentro del plazo de diez días.
RECURSOS: Se podrá interponer recurso de reposición ante la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Huesca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio.
Podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso; o en el plazo de 6 meses contados desde el día siguiente en que el recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo, si no hay resolución expresa. Todo ello, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que considere procedente.
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el Art. 101 del Reglamento.
HUESCA, 3 de febrero de 2004.- LA JEFA DE LA OFICINA DE RECAUDACIÓN, ilegible.

LA RECAUDADORA DE TRIBUTOS LOCALES DE LA OFICINA DE
HUESCA.
HAGO SABER: Que en los expedientes administrativos de de apremio que se instruyen en esta Recaudación de mi cargo a los deudores que luego se detallan, se dictó en su momento, la siguiente:
DILIGENCIA: Tramitándose en esta Oficina Recaudatoria expediente administrativo de apremio a los deudores ver relación, y desconociéndose la existencia de otros bienes preferentes embargables:
DECLARO EMBARGADOS los derechos que ostente el deudor sobre los vehículos que seguidamente se detallan ver relación, cuyas otras características se desconocen en este momento.
De los vehículos embargados no se puede constituir depósito en este momento por desconocerse el paradero, por lo que, a tenor de dispuesto en el Art.
134 de Reglamento General de Recaudación, deberá requerirse al deudor para que en el plazo de cinco días ponga a disposición de esta Oficina dichos vehículos entregando la documentación y llaves de contacto, con advertencia de que, de no hacerlo, se ordenará las Autoridades competentes su captura, depósito y precinto en el lugar donde sean habidos y serán suplidas las documentaciones y llaves a costa del deudor.
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor en cumplimiento de lo establecido en el Art. 134 del Reglamento y practíquense los demás preceptos a que se refiere dicho Artículo para la efectividad de este embargo, e invítese al deudor a que en plazo de 5 días deposite el vehículo como dispone el Art.136-3 del Reglamento General de Recaudación R.Dto. 1684/90 de 20-12 en los locales habilitados al efecto por la Policía Municipal, y practíquense las correspondientes anotaciones en el Registro de la Hipoteca Mobiliaria y en la Jefatura Provincial de Trafico con solicitud de que se impida la transmisión o cualquier otra actuación en perjuicio de la Hacienda Local.
Los deudores a los que se refiere la transcrita diligencia son los siguientes:
NOMBRE
DEBITOS
IMPORTE DE LA DEUDA
MARCA
MATRICULA
ARBAOUI MOHAMED
OPEL CALIBRA
M 329 MV
VEHÍCULOS 2002-2003
276.78 Euros Lo que se hace público conforme a lo establecido en el Art. 134-2 del Reglamento General de Recaudación y en la forma ordenada en el Art. 105 de la Ley General Tributaria, por resultar desconocido el domicilio actual, debiéndose tener por notificados el deudor mediante el presente anuncio con plena virtualidad legal, al que se invita para que en el plazo de 5 días deposite el vehículo como dispone el Art. 136-3 del Reglamento General de Recaudación R. Dto. 1684/90
de 20 de Diciembre en los locales habilitados al efecto por la Policía Municipal, entregando la documentación y llaves de contacto.
RECURSOS: Se podrá interponer recurso de reposición ante la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Huesca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación. Podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso; o en el plazo de 6
meses contados desde el día siguiente en que el recurso debe entenderse desestimado por silencio administrativo, si no hay resolución expresa. Todo ello, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que considere procedente. El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el Art. 101 del Reglamento.
HUESCA, 4 de febrero de 2004.- LA JEFA DE LA OFICINA DE RECAUDACIÓN, MARIA LUISA BARONA SANTIAGO.

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ANUNCIO
LA RECAUDADORA DE TRIBUTOS LOCALES DE LA OFICINA DE
HUESCA.
HAGO SABER: Que en los expedientes administrativos de de apremio que se instruyen en esta Recaudación de mi cargo a los deudores que luego se detallan, se dictó en su momento, la siguiente:
DILIGENCIA: Tramitándose en esta Oficina Recaudatoria expediente administrativo de apremio a los deudores ver relación, y desconociéndose la existencia de otros bienes preferentes embargables:
DECLARO EMBARGADOS los derechos que ostente el deudor sobre los vehículos que seguidamente se detallan ver relación, cuyas otras características se desconocen en este momento.
De los vehículos embargados no se puede constituir depósito en este momento por desconocerse el paradero, por lo que, a tenor de dispuesto en el Art.
134 de Reglamento General de Recaudación, deberá requerirse al deudor para

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 17/2/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha17/02/2004

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4936

Primera edición02/01/2004

Ultima edición17/05/2024

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