Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 29/1/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

186

29 enero 2004

Administración Local AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE ISÁBENA
301

EDICTO
Por D. JOSÉ BADÍA SOLANA actuando en representación de CAMPING
ISÁBENA, S.L. ha presentado solicitud ante el Ayuntamiento de Isábena para que fuera autorizada la ejecución de una piscina en Camping Isábena sito en Partida Camporruegos de La Puebla de Roda.
En cumplimiento del artículo 30.2 apartado a del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de 30 de noviembre de 1961, se abre información pública por término de diez días hábiles para que, quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan hacer las observaciones pertinentes.
El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en la Secretaría de este Ayuntamiento.
En Isábena a 14 de enero de 2004.- El alcalde, Alberto Lamora Minchot.

AYUNTAMIENTO DE JACA
SECRETARIA
360

ANUNCIO
El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 15 de Enero de 2.004, aprobó inicialmente la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento para el año 2.004, así como el Presupuesto General Único para ese ejercicio, con un montante de 21.793.000 Euros 3.626.050.098 pesetas, tanto en el Estado de Gastos como en el de Ingresos, incluyendo la concertación de dos Operaciones de Préstamo, una por importe de 1.566.400 Euros, con destino a financiar parcialmente el Plan de Inversiones para el año 2.004 y otra por 200.000
Euros destinada a financiar las obras complementarias de la potabilización de agua y cuya amortización se realizará cuando se cobre la subvención comprometida por igual importe del Instituto Aragonés del Agua.
El correspondiente expediente administrativo, que se halla de manifiesto en la Secretaría General donde puede consultarse, se somete a información pública, por plazo de QUINCE DIAS, contados a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que los interesados legítimos puedan presentar cuantas reclamaciones estimen oportunas, conforme a lo previsto en el artº 150 de la Ley 39/88, Reguladora de las Haciendas Locales.
Transcurrido dicho período sin que se hubiera presentado reclamación alguna la aprobación inicial quedará elevada a definitiva.
Jaca, 16 de enero de 2004.-El alcalde, Enrique Villarroya Saldaña.

AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO
304

ANUNCIO
Esta Alcaldía-Presidencia ha dictado con fecha 22 de diciembre, y número 1472-A/2003, el decreto que literalmente dice:
Visto que por Decretos de esta Alcaldía 704-A/2003, de 1 de Julio, y 1066A/2003, de 25 de Septiembre, se confirieron por esta Alcaldía delegaciones genéricas y especiales en varios concejales del Ayuntamiento, y que por Decreto 706A/2003, de 1 de Julio, se delegaron en la Comisión de Gobierno diversas competencias de la Alcaldía.
Visto que en los meses que han transcurrido desde que tales delegaciones se efectuaron y con motivo de su ejercicio por los concejales que las ostentan y por la Comisión de Gobierno, en el caso de las que ésta ostenta, se ha detectado la conveniencia:
- De fijar con mayor precisión el alcance de algunas de esas delegaciones.
- De que residan en un sólo órgano, el concejal delegado de Hacienda, las atribuciones de tramitar y adjudicar todo tipo de contratos menores cuando su cuantía sea muy reducida hasta 6.010,11 euros 999.998,16 ptas., inclusive y aprobar el gasto correspondiente, junto con las que, por delegación ya ostenta, de reconocimiento o liquidación de las obligaciones y ordenación del pago.
- De que el otorgamiento de licencias de ocupación del dominio público, cuando dicha ocupación tiene por objeto el ejercicio de la venta ambulante, se realice por el mismo órgano la Alcaldía que concede las autorizaciones para dicho ejercicio. Y
- De que un cometido cultural tan específico como la dirección y organización de los concursos literarios que convoque el Ayuntamiento de Barbastro, sea formalmente delegado por la Alcaldía en el concejal que se viene ocupando de dicho cometido desde hace varios años.

B. O. P. HU.- N.º 18

Vista la potestad del alcalde, de efectuar delegaciones genéricas en los concejales miembros de la Comisión de Gobierno Junta de Gobierno Local y delegaciones especiales en éstos y en los restantes concejales, contemplada en el art.
23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local LBRL, el art. 33 la Ley 7/1999, de 9 de Abril, de Administración Local de Aragón LALAR, y el art. 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales ROF, aprobado por Decreto 2568/
1986, de 28 de Noviembre.
Vista la potestad de delegación de la Alcaldía en la Comisión de Gobierno Junta de Gobierno Local prevista por el art. 23 de la LBRL, los artículos 31 y 33
de la LALAR y los artículos 43 y 53 del ROF.
Visto el régimen general de delegación de atribuciones por el alcalde en los concejales, previsto en los artículos 44, 120 y 121 del reglamento citado.
Visto el régimen general de delegación de atribuciones entre los órganos necesarios de una entidad local previsto en los artículos 114 a 118, ambos inclusive, del reglamento mencionado, así como el previsto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
RESUELVO:
1.1.- Fijar el alcance de la delegación genérica del Área de Hacienda efectuada por esta Alcaldía en el concejal D. Jesús Antonio Lobera Mariel mediante el Decreto 704-A/2003, de 1 de Julio, en su apartado 2, en el sentido de que, en materia de gasto, dicha delegación no comprende las atribuciones de autorizar ni disponer o comprometer gasto.
1.2.- Fijar el alcance de la delegación efectuada por esta Alcaldía en la Comisión de Gobierno Junta de Gobierno Local mediante el Decreto 706-A/2003, de 1 de Julio, en su apartado 1º.d, en el sentido de que, en materia de contratación de obras ordinarias, dicha delegación comprende las atribuciones de autorizar y disponer o comprometer gasto.
2.- Revocar, en materia de contratación de obras ordinarias, las competencias delegadas en la Comisión de Gobierno Junta de Gobierno Local mediante el Decreto 706-A/2003, de 1 de Julio, en su apartado 1º.d, en cuanto se refieran a contratos menores de obras cuya cuantía sea de hasta 6.010,11 euros 999.998,16
ptas., inclusive, y, por tanto, a la aprobación del gasto correspondiente.
3.- Conferir al concejal D. Jesús Antonio Lobera Mariel, en el marco de la delegación genérica del Área de Hacienda, efectuada mediante el Decreto 704A/2003, de 1 de Julio, en su apartado 2, la delegación de la atribución de tramitar los expedientes de contratos menores de obras, suministros, asistencia y consultoría y servicios cuya cuantía sea de hasta 6.010,11 euros 999.998,16 ptas., inclusive, y, por tanto, la de adjudicar dichos contratos y aprobar el gasto correspondiente. Dicha delegación, obviamente, incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
4.- Revocar la delegación genérica conferida a la concejal D Elena Abón Muñoz mediante el Decreto 704-A/2003, de 1 de Julio, en su apartado 3.1, en lo referente al otorgamiento de licencias de ocupación del suelo, subsuelo y vuelo del dominio público, en cuanto éstas tengan por objeto dicha ocupación para el ejercicio de la venta ambulante sobre dicho dominio.
5.1.- Revocar la delegación especial de las Subáreas de Cultura y Turismo conferida a la concejal D Inmaculada Hervás Moreno mediante el Decreto 704A/2003, de 1 de Julio, en su apartado 7, en lo referente al cometido específico de dirigir y gestionar los concursos literarios que convoque el Ayuntamiento de Barbastro.
5.2.- Conferir al concejal D. Luis Sánchez Facerías la delegación especial consistente en la dirección y gestión de los concursos literarios que convoque el Ayuntamiento de Barbastro. Dicha delegación especial no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
6.- Las condiciones específicas de ejercicio de las atribuciones delegadas mediante este decreto son las propias del régimen general de delegación de competencias de unos órganos en otros de la misma Administración, previsto en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre.
7.- Notificar el presente decreto a los interesados y publicarlo en el Boletín Oficial de la Provincia.
8.- Las revocaciones de delegación de atribuciones, así como las delegaciones de atribuciones, contenidas en este decreto, serán efectivas desde el día 1 de Enero de 2004.
9.- Expresar que contra este decreto cabe la interposición, potestativamente, de recurso de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación/publicación, o directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar del modo antes indicado.
Lo que se anuncia para general conocimiento.
En Barbastro, a 30 de diciembre de 2003.- El alcalde, Antonio J. Cosculluela Bergua.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 29/1/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha29/01/2004

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4926

Primera edición02/01/2004

Ultima edición03/05/2024

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