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Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 6/12/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario
B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 924 - Publicado el: 06/12/2018
DECRETO
NO2638
Rosario, "Cuna de la Bandera", 0 5 de diciembre de 20 1 8
.-
VISTO
Que por Decreto N O 064212018 se procedió al llamado a Licitación Pública para la remodelación, equipamiento y explotacion comercial del bar nfiteatro"
ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, mediante Expediente Administrativo N O
35195/2017 G, por el cual se elevó Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, Planos y Anexos respectivos, Y
CONSIDERANDO
Que, habiéndose llevado a cabo la apertura de la licitación citada, cuyo resultado surge del Acta de fs. 61/62 y atento el Acta de la Comisión Evaluadora creada al efecto de fs. 335 a fojas 343, a lo actuado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos según dictámenes IVO 1310/18 fs. 345, y lo considerado y resuelto por los Sres. Integrantes de la Junta de Compras con fecha 31/10/2018 fs.353, referente al respectivo llamado a Licitación Pública;
Y siendo necesario proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones,
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO
10
ADJUDICASE la Licitación Pública para la rernodelación, equipamiento
y explotación comercial del bar Anfiteatro" ciudad de Rosario. Provincia de Santa Fe, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, Planos y Anexos respectivos y demás constancias obrantes en el Expediente N O 35195/2017 G, y lo dispuesto por el presente Decreto en la forma que se indica seguidamente:
ADJUDICATARIOS: Edgardo Marcelo Santana CUIT 20-14055950-5 y Juan Pablo Baiani CUIT 20-21422542-6, Fernando Majul CUIT 20-14180805-3, Sergio Cuffini CUIT 20-16270000-7; UT a conformar. Previo a la firma del contrato
respectivo, los adjudicatarios deberán presentar la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio de la U.T. por la que han contraído el compromiso irrevocable de constitución según lo dispuesto en el artículo 18.1.3del
Pliego de Bases y
Condiciones Generales y Particulares. La falta de cumplimiento de esta condición dejará 3 de 4