Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 18/1/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 817 - Publicado el: 18/01/2018

Palacio Vasallo u t , , s a.N V h 1 . o 201 6

Concejo Municipal de Qsario encuentra continuamente desarrollando nuevas iniciativas relacionadas con la temática. Cabe recordar al respecto la reciente implementación de un Sistema de Bicicletas Públicas, lo cual se suma a la red de casi 100 kilómetros de bicisendas construidas a lo largo y ancho de nuestra ciudad.
Que en esta misma línea, conviene desarrollar políticas públicas tendientes a incentivar y fomentar el uso masivo de la bicicleta en el ejido céntrico de la ciudad, destacando las virtuosas relaciones que existen entre su uso con la salud, el cuidado del medio ambiente, la economía y la eficiencia para el traslado individual para cortas distancias. Que nuestra ciudad es pionera en el abordaje de políticas ciclo inclusivas, destacando entre ellas la extensión de la red de ciclovías, que creció de 43 km. en 2008 a 120 km. en 2016; la instalación de más de 1600
bicicleteros seguros en vía pública y la colocación de bicicleteros de uso gratuito en 38 playas de estacionamiento.
Que la citada extensión de ciclovías nos posiciona como la ciudad del país con más cantidad de kilómetros para ciclistas por habitante.
Que Rosario se destaca como la ciudad con más ciclistas de América Latina 5.3% en 2008, según datos aportados por el Banco Interamericano de Desarrollo BID en su Guía para la promoción de la bicicleta como medio de transporte urbano. publicada en 2015.
Que el Sistema Público de Bicicletas Mi Bici Tu Bici ha sido largamente apropiado por los rosarinos, contando en su primer año de uso con unos 20.000 usuarios inscriptos y más de 300.000 viajes realizados, lo que arroja más de 60.000 horas de pedaleo que aportan a una mejor convivencia en el espacio público y una conectividad saludable y eficiente.
Que uno de los aspectos que necesitan ser readecuados, es el relativo a las correcciones normativas cuyo estudio se impone a consecuencia de los nuevos desarrollos técnicos que modifican de alguna forma el desempeño de este tipo de rodados y cuya catalogación cae en muchos casos en verdaderas lagunas legales.
Que en efecto, existen ya en el mercado de nuestra ciudad varios dispositivos que pueden ser adaptados a distintos tipos de bicicletas, y que permiten una mejora de su rendimiento.
Que genéricamente, pueden mencionarse distintos tipos de funcionamiento de ciclos que se encuentran disponibles hoy en nuestra ciudad y respecto de los cuales corresponde analizar normativamente su regulación.
Que existe una marcada tendencia a nivel mundial al incremento en el uso de bicicletas de pedaleo asistido, vinculada a las altas tasas de urbanización, la mejora de la tecnología de baterías y otros componentes de fabricación, su mayor rendimiento y bajo costo, las políticas locales relacionadas con el ambiente y la salud, todo lo cual contribuyó a alcanzar en 2016,35 millones de unidades vendidas en todo el mundo.
Que un primer grupo está compuesto por aquellos de dos ruedas con motor a combustión de baja cilindrada, cuya propulsión combina el esfuerzo de quien lo utiliza y además está provisto de un motor de dos tiempos que le permite desplegar velocidades superiores a las propias del pedaleo. Estos equipos poseen capacidad para generar impulso en forma autónoma al pedaleo, contando con un acelerador. En el mercado se los conoce bajo el nombre de "Bicimoto".
Que otro tipo es la bicicleta eléctrica o moto eléctrica que al igual que en el gmpo anterior, puede generar velocidades de desplazamiento mediante la sola fuerza del motor.
sin necesidad del pedaleo del usuario.
Que el tercer tipo lo constituyen bicicletas eléctricas que poseen adaptado un motor eléctrico de funcionamiento auxiliar. de potencia determinada que requiere para su funcionamiento el accionamiento de los pedales en forma necesaria. Es decir que el motor no tiene la capacidad de proveer autopropulsión; conseguir o mantener velocidad de desplazamiento en forma autónoma. sino que sólo provee al usuario, un mejor confort de marcha aliviando el peso del pedaleo. De esta forma, al dejar de pedalear, el motor eléctrico no genera impulso alguno. Incluso si al pedalear se sobrepasan los 25 kmlh de velocidad, el aparato dejará de funcionar.
Que de esta manera puede decirse que existen dos grandes categorías en cuanto a la agrupación de las adaptaciones para bicicletas. Un primer gran grupo lo constituyen los aparatos que poseen capacidad para desarrollar marcha y velocidad en forma autónoma al pedaleo. para lo cual requiere el accionamiento de un acelerador. El otro grupo, es el constituido por aquellos motores que no tienen aptitud para generar impulso propio. requieren del e d a l e o
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 18/1/2018

TítuloBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaísArgentina

Fecha18/01/2018

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones1203

Primera edición10/10/2012

Ultima edición26/04/2024

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