Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 11/01/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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La determinación de la superficie y delimitación definitiva del sector, resultará del cumplimiento de lo indicado por las afecciones expuestas u otras sobrevenidas, si las hubiera.

Se cederá al Ayuntamiento en concepto de áreas libres, equipamiento y viario, como mínimo, lo determinado en el artículo 17 LOUA y el Reglamento de Planeamiento.
Se deberá asumir la carga de urbanización de los viales internos de la UE y de las áreas libres de cesión, así como los de aquellos que se encuentren en el perímetro del sector aunque su dimensión exceda del límite de este. Asimismo y con independencia de la obligatoriedad de conexión con las redes generales de infraestructura, se ejecutarán y sufragarán todas aquellas cargas externas que resulten necesarias para las dotaciones de abastecimiento, evacuación y conexiones viarias que comporte su desarrollo, aunque excedan de los límites del presente sector, y sea necesario potenciar las existentes en sus inmediaciones Se preverá la reserva de suelo necesaria para la implantación de viviendas acogidas a un régimen de protección art. 10.b de la LOUA y su modificación Ley 13/2005 que sea equivalente al menos al 30% de la edificabilidad residencial. Se establece que el plazo máximo para el inicio de la ejecución de las viviendas de protección oficial previstas en la unidad de ejecución será de 12
meses desde la recepción de las obras de urbanización y el plazo máximo para la terminación será de 24 meses desde la fecha de inicio de la ejecución de las mismas. Así mismo deberá tenerse en cuenta que no deben transcurrir más de 30 meses desde la calificación provisional para la obtención de la calificación definitiva, según el Decreto 149/2006, de 25 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas Disposiciones de la Ley 13/2005. Se podrá tramitar la viabilidad del cambio de ubicación de la reserva de edificabilidad destinada a uso de vivienda protegida con respecto a lo indicado en el artículo 10 de la LOUA.
AGUAS
- La obtención de informe favorable de la Administración Hidráulica del estudio hidrológico-hidráulico que se incorpore en el instrumento de desarrollo urbanístico del sector, o en el PADAT en su caso, que incluirá las medidas necesarias de prevención y defensa del riesgo de inundación y la delimitación de los terrenos inundables resultantes. en los términos recogidos en el art. 123 bis. 3. No podrá aprobarse dicho instrumento urbanístico sin el informe favorable, ni comenzar la ejecución del planeamiento de desarrollo sin la previa autorización de las medidas propuestas.
- El compromiso de participación con las cargas económicas derivadas del desarrollo del PADAT, cuantificadas mediante el 5% del presupuesto determinado en el proyecto de urbanización del sector.
IVA/DAE
- Las medidas protectoras y correctoras contenidas en el EIA del PGOU.
- Lo determinado en la Disposición Transitoria Duodécima respecto a las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático.
AVIACIÓN CIVIL
- Según la afección por servidumbre aeronáutica plano P.4.2 y P.4.3, ninguna construcción podrá sobrepasar la altura limitadora.

http www.juntadeandalucia.es/eboja
CODIGO_VERIFICACION

DILIGENCIA: Para hacer constar que la presente documentación fué aprobada por el Pleno municipal de esta corporación en sesión ordinaria celebrada el 20 de diciembre de 2018. En Torremolinos a 21 de diciembre de 2018. La Secretaria General Acctal.

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SISTEMA DE ACTUACIÓN
A determinar URBANIZACIÓN
Proyecto de urbanización
Según Reglamento de Planeamiento y art. 17 de la LOUA
Según Reglamento de Planeamiento y art. 17 de la LOUA

5.128

AR-03
0,429828
15.258,88

35.500
RESIDENCIAL
UAS-2
15
53
0,20
7.100
2.130

- Se determina un sector de suelo urbanizable sectorizado, que proviene del PGOU-96 de uso característico residencial con tipología de unifamiliar aislada UAS-2 que se encuentra en la zona colindante del Pinar, con una densidad media máxima de 15 viv/Ha.
Tendrá la consideración de ordenación estructural la superficie real del sector, a la que se le aplicarán la edificabilidad y densidad globales.
Sin perjuicio de los viales que especifique el Plan Parcial de Ordenación correspondiente, se deberá asumir en la estructura del mismo la continuidad del trazado general de los viales estructurantes de los sectores colindantes. El sector es parte de la estructura del espacio de ensanche residencial al noroeste de la zona del Pinar que tendrá acceso desde el viario del Camino del Pilar. Asimismo y con independencia de la obligatoriedad de conexión con las redes generales de infraestructura, se ejecutarán y sufragarán todas aquellas cargas externas que resulten necesarias para las dotaciones de abastecimiento, evacuación y conexiones viarias que comporte su desarrollo, aunque excedan de los límites del presente sector, y sea necesario potenciar las existentes en sus inmediaciones.

CONDICIONES PARTICULARES

PROGRAMACIÓN
2º PERÍODO 8 años FIGURA DE PLANEAMIENTO
PLAN PARCIAL

OTRAS DETERMINACIONES

DETERMINACIONES VINCULANTES

SISTEMAS LOCALES. RESERVA DE DOTACIONES
MÍNIMA CESIÓN DE EQUIPAMIENTO
MÍNIMA CESIÓN DE ÁREAS LIBRES

ORDENACIÓN PORMENORIZADA

SISTEMAS GENERALES
INCLUIDO EN EL SECTOR
ADSCRITO AL ÁREA DE REPARTO

CONDICIONES DE APROVECHAMIENTO
ÁREA DE REPARTO
APROVECHAMIENTO MEDIO UA/m2s APROVECHAMIENTO OBJETIVO UA
APROVECHAMIENTO SUBJETIVO UA
CESIÓN DE APROVECHAMIENTO 10%UA
EXCESOS/DEFECTOS DE APROVECHAMIENTO

DETERMINACIONES URBANÍSTICAS
SUPERFICIE DEL SECTOR m2
USO GLOBAL
TIPOLOGIA
DENSIDAD DE VIVIENDAS viv/ha Nº MÁXIMO DE VIVIENDAS
COEF. DE EDIFICABILIDAD m2t/m2s EDIFICABILIDAD MÁXIMA m2t EDIFICABILIDAD MINIMA VPPm2t 30% RESIDENCIAL

ORDENACIÓN ESTRUCTURAL

BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Extraordinario núm. 1 - Sábado, 11 de enero de 2020
página 515

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 11/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Junta de Andalucía

PaísEspaña

Fecha11/01/2020

Nro. de páginas516

Nro. de ediciones5911

Primera edición11/10/1979

Ultima edición20/07/2021

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