Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 12/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 248

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE OCTUBRE DE 2020

Pág. 3

no puede llevar a cabo el servicio de su competencia por no disponer de personal adiestrado y de instalaciones adecuadas para la captura y alojamiento de los animales abandonados perdidos y vagabundos de forma permanente.
Y en virtud de lo expuesto, suscriben el presente convenio conforme a las siguientes CLÁUSULAS
Primera Objeto Dado que la entidad local firmante no dispone ni del personal ni de las instalaciones adecuadas, el presente convenio tiene por objeto encomendar a la Comunidad de Madrid la gestión y ejecución de la normativa vigente en materia de recogida y alojamiento de animales perdidos, abandonados y vagabundos, todo ello dentro de ámbito territorial del citado municipio, conforme a lo previsto en el artículo 20.2 de la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.
Segunda Compromisos del Ayuntamiento de Montejo de la Sierra El Ilmo. Ayuntamiento de Montejo de la Sierra se compromete a:
1. Localizar a aquellos animales de compañía que sean considerados perdidos, abandonados y vagabundos.
2. Comprobar si el animal está identificado y en su caso gestionar la localización de su propietario.
3. Solicitar la recogida de animales de compañía perdidos, abandonados y vagabundos al Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid a la mayor brevedad posible.
4. Hacerse cargo de los animales hasta el momento de la recogida, atendiendo sus necesidades básicas de alimentación, alojamiento y, si procede, asistencia veterinaria. Para ello, el Ayuntamiento tendrá previsto un lugar donde alojar temporalmente a los animales, tendrá concertado un servicio veterinario y tendrá designada una persona dentro del personal municipal que en caso de necesidad se haga cargo de ellos hasta el momento de su recogida.
5. Colaborar con el servicio de recogida del Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid en la carga y alojamiento de los animales en el vehículo de transporte.
6. Realizar al menos una campaña anual de información sobre tenencia responsable, fomento de la adopción, control de natalidad, etc.
7. Participar en la difusión de las campañas de promoción que realice la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
8. Realizar al menos una campaña anual de control de identificación de los animales de compañía, informando a los propietarios de su obligatoriedad.
9. Establecer métodos de lucha contra el abandono y maltrato animal.
10. Asesorar a aquellos propietarios que por causas debidamente justificadas, no puedan seguir haciéndose cargo de sus animales.
11. Comunicar, dentro de los 31 primeros días naturales del año, a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación las actuaciones llevadas en el municipio para el fomento de la protección animal, así como una memoria exhaustiva de las peticiones y recogidas efectuadas en su municipio.
Tercera La Comunidad de Madrid se compromete a:
1. Recepcionar las solicitudes de recogida en el Centro Integral de Acogida de Animales de Colmenar Viejo.
2. Recoger los animales alojados en las instalaciones municipales en un plazo máximo de 7 días naturales después de recibir el aviso.
3. Disponer de un servicio de urgencia para recoger animales heridos que necesiten atención inmediata.

BOCM-20201012-1

Compromisos de la Comunidad de Madrid

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 12/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha12/10/2020

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4262

Primera edición12/02/2010

Ultima edición15/05/2024

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