Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 09/09/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 219

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2020

Pág. 189

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
67

MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 494/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LAURA MERINO LOPEZ frente a ARJE FORMACION SL
y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NUM. 52/2020
En la Villa de Madrid, a doce de febrero de dos mil veinte.
Vistos los presentes autos por DON ANTONIO SEOANE GARCIA, Magistrado titular del Juzgado de lo Social núm. 34 de Madrid y su circunscripción territorial, instados por DOÑA LAURA MERINO LOPEZ contra ARJE FORMACION SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL habiendo sido emplazado el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, en Reclamación de Cantidad a sustanciar por la Modalidad procesal ordinaria ha procedido a dictar la presente Sentencia.
En virtud de todo lo anterior, FALLO
Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por DOÑA LAURA MERINO
LOPEZ contra ARJE FORMACION SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL y, en su virtud, condenar a dicha Mercantil a que abone a la parte demandante el importe de mil cuarenta y nueve euros con treinta y seis céntimos de euro por los conceptos de la demanda.
Más los intereses moratorios en la forma y cuantía que se establece en el Fundamento de Derecho tercero de esta resolución.
Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer Recurso alguno.
Por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ARJE FORMACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de febrero de dos mil veinte.

BOCM-20200909-67

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
03/20.947/20

http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 09/09/2020

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha09/09/2020

Nro. de páginas190

Nro. de ediciones4262

Primera edición12/02/2010

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones