Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 15/02/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 4

SÁBADO 15 DE FEBRERO DE 2020

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B.O.C.M. Núm. 39

Licencias y excedencias Derechos Sindicales Formación Igualdad de oportunidades Resolución de conflictos Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid
Artículo 6.- Vinculación a la totalidad El presente Convenio Colectivo constituye un todo orgánico e indivisible y las partes quedan mutuamente vinculadas a su totalidad.
El equilibrio existente entre las distintas condiciones pactadas en el Convenio Colectivo da lugar a que la eventual ineficacia futura total o parcial de cualquiera de las condiciones previstas en el mismo determine la ineficacia total del conjunto de las mismas con efecto de 1 de enero de 2018.
Artículo 7.- Garantías personales Se respetarán a título individual y con carácter personal las condiciones laborales que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio Colectivo, consideradas en su conjunto y en cómputo anual.
Artículo 8.- Comisión paritaria Para entender de cuantas cuestiones se deriven de la aplicación, interpretación y vigilancia del presente Convenio Colectivo, se establece una comisión integrada por dos miembros del Comité de Empresa o delegados de personal en su caso y dos representantes de la Empresa.
Las funciones específicas de la comisión paritaria serán las siguientes:
a Interpretación del Convenio Colectivo.
Toda duda o cuestión que con motivo de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio Colectivo se produzca, o sea causa de denuncia, deberá ser tratada previamente por la comisión paritaria.
b Vigilancia del cumplimiento colectivo de lo pactado.
Las reuniones se celebrarán siempre previa convocatoria de cualquiera de las partes con especificación concreta de los temas a tratar en cada caso. De dichas cuestiones se dará traslado por escrito a la otra parte, poniéndose ambas de acuerdo, en el plazo máximo de seis días, a partir de la fecha de la comunicación, para señalar lugar, día y hora de la reunión de la comisión, que deberá celebrarse en un plazo máximo de quince días de haber recibido la comunicación por escrito.
La Comisión Paritaria resolverá sobre las cuestiones planteadas por los interesados. De existir acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión Paritaria, se reflejará por escrito en el Acta de la reunión; de no existir acuerdo entre las partes, cada una de ellas, hará constar su argumentación en el Acta de la reunión y, a continuación, se reflejará la inexistencia de avenencia. En cualquiera de estos dos casos se dará cuenta de ello a los interesados.
Las funciones de la Comisión Paritaria serán previas a la intervención de la jurisdicción social, aunque no obstruirá el libre ejercicio por las partes con posterioridad, de las acciones previstas en la Ley en la forma y con el alcance regulado por ella.
La Representación de los Trabajadores, junto con la Representación de la Empresa, y previo el correspondiente acuerdo al efecto, podrán constituirse en comisión negociadora del vigente convenio, al objeto de introducir en el texto las modificaciones, supresiones y novedades que se acuerden.

Capítulo II
Organización del trabajo y estructura profesional
En este artículo se definen los grupos profesionales que agrupan las diversas tareas y funciones que se realizan en el centro:
1.

El personal que presta sus servicios dentro de las distintas áreas orgánicas del centro de trabajo o, en su caso, de la empresa, se clasificará dentro de los grupos profesionales que con carácter enunciativo se enumeran en el presente artículo, sin que dicha clasificación suponga la obligación de tener provistas todas las plazas y grupos relacionados, si las necesidades y volumen de la empresa no lo requieren.

BOCM-20200215-1

Artículo 9.- Clasificación profesional

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 15/02/2020

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha15/02/2020

Nro. de páginas45

Nro. de ediciones4262

Primera edición12/02/2010

Ultima edición15/05/2024

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