Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 17/03/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM

SÁBADO 17 DE MARZO DE 2018

B.O.C.M. Núm. 66

- Establecer los criterios que permitan aportar mejoras sociales a los/as trabajadores/as, permitiendo el acceso de los mismos a ayudas en escenarios concretos, según lo establecido en el presente convenio.
- Mejorar y potenciar la calidad en todos los Servicios de la Empresa, como única herramienta que da visibilidad al cliente final de la empresa, el ciudadano del municipio de Pinto; todos/as los/as empleados/as deben estar involucrados/as en dinámicas que ayuden a mejorar las actuaciones en las labores que realizan.
- Proceder a establecer fórmulas que ayuden a reducir, en la medida de lo posible, el absentismo laboral.
- Crear a partir del convenio, pautas en materia de prevención de riesgos laborales, derecho adquirido por el/la trabajador/a, para todos los puestos de trabajo, permitiendo que las labores se desarrollen respetando la legislación de Prevención vigente, y aportando seguridad y confianza para el/la trabajador/a y los Ciudadanos del Municipio.
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Sección Primera: Ámbito Artículo 1º. Partes firmantes.- El presente Convenio se ha suscrito entre la empresa Auxiliar de Servicios de Pinto S.A. en adelante Aserpinto y los/as representantes legales de los/as trabajadores/as del Comité de Empresa, pertenecientes a las distintas secciones sindicales.
Las partes firmantes de este convenio, tienen legitimación suficiente, conforme a las disposiciones legales vigentes para establecer los ámbitos de aplicación indicados en los artículos siguientes, obligando por tanto a la empresa y trabajadores/as en él incluidos y durante todo el tiempo de su vigencia.
Artículo 2º. Ámbito territorial.- El presente Convenio será de aplicación en el ámbito territorial donde presta sus servicios la Sociedad Anónima Auxiliar de Servicios de Pinto en adelante ASERPINTO. Debido a que el centro de trabajo de la empresa se encuentra radicado en la Comunidad Autónoma de Madrid, el ámbito territorial será el de la mencionada Comunidad.
Artículo 3º. Ámbito funcional.1. El presente Convenio Colectivo establece y regula las condiciones de trabajo del personal de los servicios de limpieza y mantenimiento general de edificios;
mantenimiento del alumbrado público; limpieza y conservación de alcantarillado, personal al servicio de obras de remodelación, reparación y mantenimiento urbanístico así como de las actividades relacionadas con la preparación del suelo para cualquier uso;
personal que preste servicios de comunicación, telecomunicación, informática y documentación, gestión y mantenimiento de instalaciones deportivas en general y cualquier otra encomienda distinta a las anteriores que el Ayuntamiento de Pinto encomiende a Aserpinto.

BOCM-20180317-1

Pág. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 17/03/2018

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha17/03/2018

Nro. de páginas129

Nro. de ediciones4262

Primera edición12/02/2010

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones