Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/3/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6836 - 18/03/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 375

DISPOSICIÓN N.º 847/DGDYPC/24
Buenos Aires, 5 de febrero de 2024
VISTO: El Expediente Electrónico EX-2023-29574548-GCABA-DGDYPC, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de la Sra. Marcela Alejandra Suchinski, DNI 17.108.873, contra Daniel Horacio Merodio, CUIT 20-29359865-8, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado, con fecha 17 de agosto de 2023 se promueve la instancia conciliatoria, la que concluye el día 26 de septiembre de 2023 sin que las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2023- 37027601-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Daniel Horacio Merodio se encuentra inscripto bajo la matrícula Nº 12163;
Que por providencia PV-2023-43459782-GCABA-DGDYPC, se le formuló imputación por presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941;
Que la misma fue notificada por correo electrónico de fecha 28/11/2023, dirigida a la casilla constituida por el sumariado ante el precitado Registro Público y en la audiencia de conciliación celebrada el día 17/08/2023;
Que debidamente notificado, el imputado no presentó descargo;
Que no quedando diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se le imputó al administrador la presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 9º Obligaciones del Administrador - En el ejercicio de sus funciones deben: Inciso b Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable conforme al ordenamiento vigente
Que la precitada imputación tuvo lugar, toda vez que el sumariado no habría atendido al mantenimiento de las partes comunes del edificio administrado, siendo que ante la existencia de filtraciones que ocasionarían daños en baños, cocina, pasillo y muebles de la Unidad Funcional de la denunciante; no habría adoptado las medidas pertinentes a fin de solucionar de forma integral y oportuna dicha problemática. Ello así, conforme surgiría de los dichos de la requirente, los mensajes remitidos a través de la plataforma WhatsApp en fecha 15/03/2021, la Carta Documento de fecha 05/06/2023, el correo electrónico enviado el día 25/07/2023 y las constancias fotográficas aportadas a estos actuados;
Que por su parte, y tal como fuera adelantado, encontrándose debidamente notificado, el administrador optó por no presentar descargo, de modo que no niega ni desconoce los hechos que le fueran presuntivamente atribuidos, así como la documental obrante en marras;

BO-2024-6836-GCABA-DGCLE

Página 375 de 728

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha18/03/2024

Nro. de páginas729

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2024>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31