Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/1/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6796 - 19/01/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 299

sustentó en los dichos del denunciante y en las imágenes acompañadas a la presente denuncia, a través de las cuales se observaría la existencia de una situación antirreglamentaria consistente en obras clandestinas realizadas en la unidad funcional número seis e inmediaciones, a saber: ampliación del sector terraza y construcción de dos habitaciones, baño y paredes;
Que por su parte, encontrándose debidamente notificada, la administradora optó por no presentar descargo, de modo que no niega ni desconoce los elementos base de la imputación;
Que en este sentido, corresponde destacar que si bien no existe un deber de colaborar con el sumario, bien es cierto que el silencio guardado y la reticencia a acompañar elementos que estén en su poder y ayuden al esclarecimiento de los hechos, debe constituirse en una pauta de análisis de la cuestión que se ventila en autos. Máxime si se tiene en cuenta que la sumariada como profesional en el rubro de la administración de consorcios, se encontraba en mejores condiciones de aportar todo tipo de pruebas tendientes a dilucidar la situación aquí suscitada;
Que de manera similar tiene dicho la doctrina que la superioridad técnica, la situación de prevalencia, o la mejor aptitud probatoria de una de las partes o la índole o complejidad del hecho a acreditar en la litis, generan el traslado de la carga probatoria hacía quien se halla en mejores condiciones de probar. Cfr. La doctrina de las cargas probatorias dinámicas por MARCELO LÓPEZ MESA Enero de 1998 TOMO ZEUS Nro.
76, pág. 1 ZEUS EDITORA S.R.L. Id SAIJ: DASA990043;
Que en consecuencia, del análisis de las constancias obrantes en autos y ante la falta de pruebas que permitan entender lo contrario, se concluye que pese a los reiterados reclamos efectuados por el aquí denunciante en relación a la existencia de una obra clandestina consistente en la construcción de dos habitaciones y un baño en el sector común destinado a terraza, no se observa respuesta o medida alguna adoptada por la sumariada tendiente a solucionar el problema acaecido en el Consorcio administrado, encontrándose así en oposición a las prescripciones que se desprenden de la norma que se examina;
Que resulta necesario destacar que la inacción de la sumariada respecto a la situación antirreglamentaria mencionada, no sólo perjudicó al consorcio en pleno, sino que además ocasionó daños en la unidad funcional del denunciante, toda vez que el avance de la obra generó filtraciones y desprendimiento de cielorraso en diversos sectores de su unidad, los que tampoco fueron atendidos;
Que en virtud de lo plasmado, la sumariada incumplió los deberes establecidos por la normativa al i consentir la ejecución de una obra antirreglamentaria en uno de los sectores comunes del edificio, omitiendo notificar al respecto a la autoridad competente, conforme lo establecido por el artículo 9 inciso g de la Ley 941 y ii desatender la conservación de las partes comunes al no adoptar medidas tendientes a revertir la problemática existente en el sector destinado a terraza y en la unidad funcional del denunciante, en infracción a la obligación impuesta por el artículo 9 inciso b del mismo cuerpo normativo;
Que de lo expuesto, se entiende que la sumariada ha infringido con su conducta lo dispuesto en el artículo 9 incisos b y g de la Ley 941, correspondiendo que sea sancionada;
Que a los efectos de graduar la sanción y su cuantía, se tiene en cuenta lo establecido por el artículo 16 de la Ley 941. Asimismo, en forma supletoria y con las salvedades y/o excepciones propias de las relaciones y problemáticas que se suscitan entre los administradores e integrantes de Consorcios de Propiedad Horizontal, deberá estarse a lo prescripto por el artículo 19 de la Ley 757 -según texto consolidado-, conforme reza el artículo 21 de la Ley 941;

BO-2024-6796-GCABA-DGCLE

Página 299 de 464

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/1/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha19/01/2024

Nro. de páginas465

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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