Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/7/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6666 - 21/07/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 421

Artículo 2º - La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Cumplido, archívese.
Bouza
BO-2023-6666-GCABA-DGCLCON

Página 421 de 650

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/7/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha21/07/2023

Nro. de páginas651

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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