Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/11/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6265 - 26/11/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 161

Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que considere exenta de Línea de Frente Interno L.F.I. y Línea Interna de Basamento L.I.B. a la manzana que tramita por el Expediente mencionado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Considerase exenta a la Manzana 186, Sección 059, de Líneas de Frente Interno e Interna de Basamento por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Disposición.
Artículo 2º. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Tuya
DISPOSICIÓN N.º 2177/DGIUR/21
Buenos Aires, 19 de noviembre de 2021
VISTO: El Código Urbanístico aprobado por Ley N 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N 99/GCABA/19 y el Expediente Nº 18.097.675/21, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto se solicita un Certificado Urbanístico de Obra Mayor a desarrollarse en el predio sito en la calle Superí Nº 2533/35/27 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que al respecto, el Código Urbanístico regula en el Título 2 del Anexo I los Certificados Urbanísticos, estableciendo en el punto 2.1. que El Certificado Urbanístico es el documento que certifica la regulación urbanística sobre usos del suelo, tejido y cargos públicas aplicable a la parcela y que el mismo deberá adjuntarse al expediente de Obra Mayor de conformidad a la normativa de edificación;
Que el Certificado Urbanístico que se solicita por las presentes actuaciones ha sido requerido para el Arq. Luis Ernesto Goldwaser Matricula N 19.521;
Que se ha verificado en el Padrón Web del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo que el profesional se encuentra habilitado para el uso de la firma;
Que el Certificado Urbanístico tendrá una vigencia de ciento ochenta 180 días corridos, prorrogables por una sola vez por otros 180 días a petición del solicitante, conforme lo establecido en el punto 2.1.2 del Código Urbanístico;
Que el Decreto N 99/2019 regula los datos que deberá contener el Certificado Urbanístico;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa Morfología Urbana, mediante Informe N 33.620.124/DGIUR/2021 que obra en estos actuados, concluyendo que la propuesta presentada bajo declaración jurada cumple con los artículos 6.2.3. Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta USAA, 6.3 Perfil Edificable, 6.3.1 Construcciones Permitidas por sobre los Planos Límites, 6.4. Área Edificable, 6.4.1. Línea Oficial L.O., 6.4.2. Línea de Frente Interno L.F.I., 6.4.4.4.
Patios Verticales, 6.4.4.4.1. Dimensiones de los Patios Verticales, 6.5.1. Edificios entre Medianeras y 6.6. Regulación de Subsuelos del Código Urbanístico;
BO-2021-6265-GCABA-DGCLCON

Página 161 de 518

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/11/2021

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha26/11/2021

Nro. de páginas519

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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