Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/2/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5310 - 06/02/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 257

Que consultada la Dirección General de Logística, comunica que: con fecha 18/02/2015 operativos de ésta Dirección General intervinieron en un suceso en la calle Camargo 1238 por un árbol de gran porte caído sobre un vehículo, sin personas en su interior, marca Volkswagen Gol, Dominio EBV 129, inmediatamente el personal procedió a trozar el mismo y derivar a la empresa correspondiente el retiro de la vía pública V. orden 21;
Que solicitada la intervención de la Dirección General Gestión de la Flota Automotor, personal de la misma emite un informe detallado al respecto informando que: el día 27
de octubre ppdo se presentó en dependencias de la Dirección General a mi cargo Emilio Castro 7680 CABA el Sr. Eduardo Atilio MAGNETTO a efectos de someter al vehículo Volkswagen Golf dominio EBV 129 a una inspección con objeto de constatar los daños que este hubiera sufrido producto de la caída de un árbol del arbolado público. 2. Como resultado de la inspección ocular efectuada al vehículo se constató que el mismo, a la fecha no ha sido reparado salvo el cristal de parabrisas el cual ya ha sido reemplazado y exhibía los siguientes daños consistentes con los causables por el impacto debido a la caída de un árbol: Capot abollado y pintura de capot rayada.
Techo abollado y despintado. Parante trasero derecho abollado. Guardabarro trasero derecho abollado. Tapa de carga de combustible deformada. Paragolpe trasero golpeado. Pintura cuarteada. Portón trasero abollado, pintura raspada. Tapizado de techo despegado y desprendido. 3. Vistos los presupuestos obrantes en orden 4 pg.
47 a 50 y teniendo en cuenta, de ellos, el de pg. 49, por ser el de menor valor; las tareas allí descriptas son consistentes con los daños causables por la caída de un árbol y con lo observado en las copias de fotografías obrantes en orden 4 pg. 1 a 29. Y
de acuerdo a antecedentes obrantes Dirección General, el monto de dicha reparación, se ajusta a los valores corrientes de plaza a la fecha del siniestro febrero - abril de 2015" V. orden 50;
Que, el reconocimiento de la responsabilidad estatal por su actividad tanto lícita como ilegítima, exige para su procedencia el cumplimiento de ciertos requisitos imprescindibles, esto es: a la existencia de un daño actual y cierto, b la relación de causalidad entre el accionar lícito o ilícito del Estado y aquél perjuicio y, c la posibilidad de imputar jurídicamente esos daños a dicho Estado cfr. CSJN, Fallos:
306:2030; 307:821; 318:1531; 320:113; 321:1776; 321:2144; entre otros;
Que de las constancias obrantes en estas actuaciones, surge la existencia de un daño causado por un bien de dominio público y que se encuentra acreditada la relación de causalidad, razón por la cual considero que corresponde hacer lugar a lo peticionado por la suma de $ 15.300,- tal como lo aconseja la Dirección General Gestión De La Flota Automotor;
Que por un error material e involuntario se consignó de forma errónea el número de los Decretos N 566/10 y 752/10 en el Visto de la Resolución N RS-2017-26325801COMUNA15, debiendo consignarse en reemplazo de estos, su modificatorio, el Decreto N 433/16;
Que por un error material e involuntario se consignó de forma errónea el nombre de la repartición originante "Expediente Electrónico Nº 2015-25431242-MGEYACOMUNA11" en el Visto de la Resolución N RS-2017-26325801-COMUNA15, siendo el correcto "Expediente Electrónico Nº 2015-25431242-MGEYA-MGEYA";
Que por un error material e involuntario se consignó de forma errónea el nombre del Sr. Eduardo Atilio Magnetto, DU. 4.420.874 en el Articulo N 3 de la RS-201719840605-COMUNA15, debiendo suprimirse el mismo;
Que, con fecha 7 de mayo de 2013 se sancionó el Decreto N 166/13 por medio del cual se transfirió a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades establecidas en la Ley N 3263, a excepción de las previstas en el artículo 1 de dicho Decreto, todo ello de conformidad con las competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
BO-2018-5310-DGCCON

página 257 de 383

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/2/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha06/02/2018

Nro. de páginas384

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728