Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 29/5/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4647 - 29/05/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Ministerio de Ambiente y Espacio Público
RESOLUCIÓN N. 170/SSMEP/15
Buenos Aires, 21 de mayo de 2015
VISTO:
El Expediente Electrónico N 2014- 6803423-MGEYA-DGTALMAEP, y;
CONSIDERANDO:
Que, se ha de tratar la presentación efectuada por el Sr Gustavo Jorge Toderi, quien solicita un resarcimiento por los daños que le habría provocado al vehículo marca Ford, modelo KA, dominio DMM 647, la caída de una columna de alumbrado, en la Avenida Rivadavia en su intersección con la calle San José de Calasanz de esta Ciudad, el 27/03/2014;
Que, la presentación efectuada en el orden 2, del Expediente Electrónico 5.398.081MGEYA-COMUNA 6/2014 tramitado conjuntamente será considerada como simple petición en los términos del art. 14 de la Constitución Nacional;
Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, conforme los términos del Art. 10 inc. c de la Ley 1218;
Que, el interesado solicita un resarcimiento por los daños ocasionados al automotor de referencia el 27/03/2014, en el cruce de la Avenida Rivadavia y la calle San José de Calasanz, por la caída de una columna de alumbrado;
Que a fin de acreditar las circunstancias alegadas acompaña la siguiente documentación:
1.- Copia fiel del título de propiedad del vehículo mencionado, acreditando de tal forma su calidad de propietario;
2.- Copia de la póliza del seguro contratado, del cual surge que no se encontraban cubiertos los daños parciales provocados por accidentes a la fecha del siniestro;
3- Certificado de denuncia labrada en la Comisaría 12 de la Policía Federal;
4- Un presupuesto;
5- Siete 7 Fotografías;
Que, La Dirección General de Alumbrado, en el orden 12, informa que " la empresa contratista de la Zona 6 tiene conocimiento de que en la calle San José de Calasanz y Rivadavia el día 27 de Marzo de 2014 a las 17 horas se produjo la caída de una columna de Alumbrado Público la columna habría impactado sobre un vehículo
Que, asimismo, señala que la contratista hace saber que el damnificado debe comunicarse con la compañía de seguros LA MERIDIONAL N de Póliza 296321;
Que, en el caso planteado, cabe resaltar que de las constancias obrantes en estas actuaciones se desprende que en la fecha y en el lugar en que habría ocurrido el hecho denunciado, la empresa contratista de la Zona 6 tenía a su cargo el mantenimiento del alumbrado público;
Que, ello surge claramente del informe practicado por la Dirección General de Alumbrado Que, de lo expuesto resulta que la atribución de la responsabilidad civil por el hecho denunciado seria imputable a un tercero Art 113, segunda parte "in fine", del Código Civil;

Página 90

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 29/5/2015

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha29/05/2015

Nro. de páginas305

Nro. de ediciones5612

Primera edición06/08/1996

Ultima edición06/06/2024

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