Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/10/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3285 - 23/10/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N7

Buenos Aires, 20 de octubre de 2009.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8º del Decreto Nº 2.343/98, certifico que la Ley Nº 3.162, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 03 de setiembre de 2009 ha quedado automáticamente promulgada el día 30 de setiembre de 2009.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Clusellas
LEY N 3.177
Buenos Aires, 17 de setiembre de 2009.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1º.- Condónase la deuda que en concepto de contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley 23.514 mantiene con el Gobierno de la Ciudad la Sra. Beatriz Rosa Novick por el inmueble ubicado en la Av.
Corrientes 5680, Dto. 85, Partida Nº 1694746.
Art. 2º.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.
Art. 3º.- Si existiera a la fecha reclamo judicial, el beneficiario de la presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.
Art. 4º.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez
Buenos Aires, 20 de octubre de 2009.
En virtud de lo prescripto en el Artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8º del Decreto Nº 2.343-GCBA-98, certifico que la Ley Nº 3.177 Expediente Nº 1.212.286/09, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 17 de septiembre de 2009 ha quedado automáticamente promulgada el día 15 de octubre de 2009.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Clusellas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/10/2009

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha23/10/2009

Nro. de páginas104

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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